LEY 8934 / 2016 LEY 8934 de 11 de Noviembre de 2016
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Noviembre de 2016 |
Fecha de la disposición | 11 de Noviembre de 2016 |
Número de Boletín | 28883 |
Fecha de Publicación | 17 de Noviembre de 2016 |
Número de documento | 56832 |
Ley N° 8.934
LEY:
DE IMPLEMENTACION DEL CODIGO PROCESAL PENAL
DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
TITULO I
Normas Generales de Implementación
El nuevo Código Procesal Penal de la Provincia de Tucumán entrará en vigencia en todo el territorio provincial, el día 1° de Septiembre de 2017, de acuerdo a las disposiciones de la ley especial que se dicte, de conformidad con los principios, reglas y condiciones establecidas en la presente Ley.
A partir de la entrada en vigencia progresiva del nuevo Código Procesal Penal de la Provincia de Tucumán, quedarán sin efecto todas las disposiciones legales y reglamentarias que se opusieren en forma total o parcial a las previsiones de la presente Ley o que obstaculizaren su cumplimiento.
PROGRESIVIDAD Y GRADUALIDAD. El nuevo Código Procesal Penal de la Provincia de Tucumán podrá implementarse en forma progresiva y gradual, por Centro Judicial, hasta el plazo previsto en el Art. 1°.
El nuevo sistema iniciará con carga de trabajo cero, se aplicará exclusivamente a los hechos que ocurran a partir del día de su entrada en vigencia, en el territorio respectivo.
La Comisión Especial Interinstitucional de Implementación y Monitoreo, tendrá las siguientes funciones:
a) Asistir y asesorar a la Corte Suprema de Justicia y monitorear la implementación del Código Procesal Penal de Tucumán.
b) Elaborar los anteproyectos de leyes necesarios para el rediseño, reingeniería y/o adecuación de las estructuras judiciales, tanto orgánicas como físicas, incluyendo la creación de cargos y oficinas necesarias para la implementación del nuevo Código Procesal Penal de la Provincia de Tucumán, en un plazo no mayor a 90 (noventa) días desde su conformación;
c) Elaborar el cronograma para la implementación gradual y progresiva del nuevo Código Procesal Penal de la Provincia de Tucumán, cuando así se resolviere;
d) Coordinar las actividades interinstitucionales necesarias para la puesta en marcha de las nuevas estructuras organizacionales que se crearen;
e) Diseñar propuestas de readecuación edilicia, de recursos y de personal, y criterios flexibles de asignación y distribución de las unidades judiciales, en razón de los requerimientos del proceso de implementación del nuevo Código Procesal Penal de la Provincia de Tucumán, y elevarlas a la Autoridad de Aplicación;
f) Promover la celebración de convenios de asistencia técnica y cooperación con entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales expertas en la materia y/o de asesores expertos de reconocida trayectoria y experiencia, en materia de implementación de reformas y capacitación;
g) Garantizar el acceso a la información sobre los avances del proceso de implementación.
La Comisión Especial Interinstitucional de Monitoreo e Implementación del nuevo Código Procesal Penal de la Provincia de Tucumán podrá contar con una Secretaría Técnica integrada...
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