Ley 7654 / 2005. Ley del 15 de Noviembre de 2005. Aviso Nro: 5753

Fecha de la disposición23 de Noviembre de 2005
Número de Boletín26167
Fecha de Publicación23 de Noviembre de 2005

LEY 7.654 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

Artículo 1° Modifícase la Ley N° 7.569, en la forma que a continuación se indica:

-Sustituir el Artículo 1°, por el siguiente:

"Artículo 1°.- Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble ubicado en el departamento Capital, identificado, como fracción B) según plano de mensura N° 23.046/93, con la siguiente nomenclatura catastral:

Circunscripción I; Sección 16; Lámina 7; Parcela 93H2; Padrón 331.109; Matrícula 3624; Orden 1528, e inscripto en mayor extensión en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral S-17138, con una superficie de 1 Ha. 6133,9974 m2." Art. 2°.- Comuníquese. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil cinco. Alejandro Humberto Martinez, Vicepresidente 1° a/c...

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