Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 9 de Abril de 2021, expediente CNT 050585/2017/CA001
Fecha de Resolución | 9 de Abril de 2021 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA VIII
Expte. Nº 50585/2017
JUZGADO Nº 68
AUTOS: "LEVIN, C.P. c/ SOTEL GROUP S.R.L. Y
OTROS s/ DESPIDO"
Ciudad de Buenos Aires, 09 del mes de ABRIL de 2021.-
VISTO:
Los recursos interpuestos por la demandada y los peritos informático y contador conforme las presentaciones virtuales de los días 5/6/2020
11:41hs., 8/6/2020 10:03hs. Y 3/9/2020 9:41hs. y;
CONSIDERANDO:
-
La señora Jueza de grado homologó el acuerdo conciliatorio arribado por las partes y reguló honorarios a favor de los peritos informático y contador en la suma de $13.205,75.- (5 UMAs). La demandada apela la regulación de honorarios del perito informático por considerarla elevada.
Los peritos informático y contador hacen lo propio por considerar bajos sus honorarios.
-
Atendiéndose al valor, calidad, extensión de las tareas realizadas y pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados al perito contador se revelan razonables por lo que deberán confirmarse, mientras que los del perito informático resultan elevados por lo que deberán ser reducidos a la suma de $15.448.- equivalentes a 4 UMAs, a valores actuales (artículos 21, 22 y 25 inciso a) de la Ley 27.423.
Por ello, el TRIBUNAL
RESUELVE:
1) Confirmar los honorarios del perito contador. 2) Reducir los honorarios del perito informático a la suma de $15.448.- a valores actuales.
R., notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4º
de la Acordada de la C.S.J.N. 15/13 del 21/5/13 y, oportunamente, devuélvanse.
VPL 03.01
Fecha de firma: 09/04/2021
Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA
VICTOR A. PESINO M.D.G.
Juez de Cámara Juez de Cámara Ante mí:
C.R. GUARDIA
Secretaria Fecha de firma: 09/04/2021
Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba