Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 5 de Abril de 2022, expediente CIV 027405/2014

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2022
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G

27405/2014

LEVI, A.L.c.L.G., J.A.

s/IMPUGNACION/NULIDAD DE TESTAMENTO

Buenos Aires, de abril de 2022.- OJ

AUTOS Y VISTOS:

  1. Para tratar los recursos articulados contra los honorarios regulados el 19/7/19.

  2. En atención a la extensión mérito y calidad de la labor profesional desarrollada, importancia económica del proceso y lo previsto pot los. 6, 37, 38 y cctes. de la ley 21.839

    (modificada por ley 24.432)concordantes de la citada ley, se elevan de las letradas patrocinantes del demandado Dras. E.E.M. y M.C.C., en conjunto, a la suma de pesos doscientos treinta mil ($230.000).

    Por la labor pericial realizada su importancia, calidad y extensión, teniendo en cuenta la adecuada proporción que deben guardar los emolumentos de los expertos con los de los letrados intervinientes (Fallos: 314:1873; 320:2349;

    325:2119, entre otros) y lo dispuesto por el art. 478 del CPCC, se elevan los honorarios fijados a la perito calígrafa L.A.M. en la suma de pesos veintitrés mil ($ 23.000).

  3. Regístrese y una vez cumplido con lo dispuesto en la Acordada N° 24/13 de la C.S.J.N., devuélvanse las actuaciones al juzgado de origen en formato papel. Se encomienda la notificación de la presente en la instancia de grado a cargo del...

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