Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 10 de Diciembre de 2019, expediente CAF 064557/2016/CA001

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 64557/2016 LENCINA, D.F. c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de diciembre de dos mil diecinueve, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte actora en la causa “LENCINA, D.F. c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”, expediente nº 64557/2016, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Es ajustada a derecho la sentencia apelada?

El Juez de Cámara, Dr. J.A. dijo:

  1. Que, a fs. 107/111, la jueza de la anterior instancia rechazó la demanda deducida por la actora D.F.L. (inspectora de la Policía Federal Argentina), tendiente a obtener la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 385 y 388 del Decreto 1866/83 y que se liquidara correctamente el “suplemento por título” creado por el Decreto Nº

    436/94, tomando como base de cálculo la totalidad del haber mensual incluyendo en el mismo los suplementos “antigüedad de servicio” y “tiempo mínimo en el grado”. Además, solicitó que se abonaran las diferencias salariales devengadas y no percibidas, por la incorrecta liquidación del suplemento, desde los cinco años anteriores a la fecha de interposición de la demanda. Impuso las costas a la actora vencida.

  2. Para decidir de ese modo, luego de efectuar una síntesis de la normativa involucrada en la materia, entendió que la cuestión a resolver se reducía a dirimir los fundamentos relacionados con el pedido de declaración de inconstitucionalidad de los artículos 385 y 388 del Decreto reglamentario nº 1866/83, en tanto la única hipótesis por la cual la pretensión actora pudiera ser admitida sería en el supuesto de admitirse el mencionado planteo de invalidez.

    De ese modo, se remitió a lo resuelto en un caso análogo al presente dictado por la Sala II de esta Cámara en autos “N.J.M.F. de firma: 10/12/2019 Alta en sistema: 11/12/2019 Firmado por: J.F.A.-.P.G.F., #29024539#246357623#20191211101258087 c/ EN Mº Seguridad – PFA – Dto. 436/94 y otro s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”, expediente Nº 23.744/2012, sentencia del 17 de marzo de 2016), y determinó que los artículos 385 y 388 del Decreto 1866/83 no controvierten las disposiciones de la Ley Nº 21.965...

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