Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 4 de Octubre de 2017, expediente CFP 005469/2016/9/CFC002

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Cámara Federal de Casación Penal CFCP - Sala I CFP 5469/2016/9/CFC2 Registro Nro. 1332/17 1//Buenos Aires, 4 de octubre de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca de la admisibilidad de los recursos de casación deducidos por los Defensores particulares en favor de S.F.A. y A.R.A. –a fojas 231/244vta.-, y de C.H.C. a fojas 245/252vta.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que el 26 de junio de 2017 la Sala II de la Cámara Federal resolvió, en lo que aquí interesa, confirmar la resolución dictada con fecha 26 de abril de 2017, en cuanto había resuelto: “…I.DECRETAR el PROCESAMIENTO de S.F.A., de las demás condiciones personales obrantes en autos, por considerarlo, en principio, autor penalmente responsable de los delitos de asociación ilícita (en calidad de miembro), estafa mediante el uso de documento público falso y supresión de la numeración de un objeto registrado de acuerdo con la ley (estos en concurso ideal), encubrimiento agravado por actuar con ánimo de lucro y por dedicarse con habitualidad a la comisión de hechos de encubrimiento (en dos oportunidades, una de ellas también agravada porque el delito precedente fue un delito especialmente grave cuya pena mínima es superior a tres años de prisión) y extorsión (en dos oportunidades), todos los cuales concurren de manera real entre sí (artículos 45, 54, 55, 210, 172, 296 -en función del 292-, 289 inciso 3°, 168 y 277, apartado 1º, inc. “c” -en función del apartado 3 inc.

    a

    , “b” y “c”- del Código Penal de la Nación).II.

    Fecha de firma: 04/10/2017 1 Alta en sistema: 05/10/2017 Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: L.E.C., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #29837857#189806122#20171005101226042 DECRETAR el PROCESAMIENTO de C.H.C., de las demás condiciones personales obrantes en autos, por considerarlo, en principio, autor penalmente responsable de los delitos de asociación ilícita (en calidad de miembro) y extorsión (en dos oportunidades), todos los cuales concurren de manera real entre sí (artículos 45, 55, 210 y 168 del Código Penal de la Nación).[…]V.

    DECRETAR el PROCESAMIENTO de A.R.A., de las demás condiciones personales obrantes en autos, por considerarlo, en principio, autor penalmente responsable de los delitos de asociación ilícita (en calidad de miembro) y encubrimiento agravado por actuar con ánimo de lucro y por dedicarse con...

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