Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - Sala B, 29 de Julio de 2014, expediente FCB 053010058/2011/9/CA004

Fecha de Resolución29 de Julio de 2014
EmisorSala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B 53010058/2011 MMC doba, 29 de julio de dos mil catorce.

Y VISTOS:

Estos autos: “LEF ARGENTINA S.A. FRIEDLI, L.E. p/ Infracción Ley 22.415(Expte.: FCB 53010058/2011/CA4), venidos a conocimiento de la Sala B del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de L.E.F.(fs. 12/13 vta.) en contra de la resolución del señor Juez Federal de Primera Instancia de Río Cuarto, de fecha 15 de abril de 2013 obrante a fs.1/3 y en la que decide:“RESUELVO: 1. Declarar abstracta la aplicación en autos de los plazos establecidos en los arts. 1087 y 1088 del Código Aduanero en atención a que la presente ya cuenta con dos denuncias penales presentadas ante la Dirección Aduanera Córdoba. 2. Rechazar, al menos hasta el momento, el pedido de devolución de mercadería secuestrada ….3. Rechazar el recurso de apelación interpuesto de manera subsidiaria al pedido de devolución de mercaderías… 4. Otorgar el plazo de treinta (30)

días corridos de recibido el oficio de rigor, a la Dirección Aduanera Córdoba para la conclusión de la tarea de análisis de documentación en la que se encuentra inmerso en la presente, como así también para que se expida justificadamente respecto de qué bienes secuestrados considera necesario mantener secuestrados y cuáles proceder a su devolución. 5. Tener presente la reserva formulada del art. 14 Ley N°48. 6.

R. y hágase saber.”

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta S. en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de L.E.F. a fs.12/ 13 vta. contra la resolución obrante a fs. 1/3 cuya parte resolutiva ha sido transcripta precedentemente. En la Instancia el Dr. R.O.V. informa a fs. 26/28.

  2. Que la resolución N° 168 que se pretende apelar, decide acerca del reclamo efectuado por el Dr. M.A. en representación de los señores H.C. y D.C.. Titulares de la firma comercial HDC INTERNATIONAL S.A, AUTOS: “LEF ARGENTINA S.A. FRIEDLI, L.E. p/

    Infracción Ley 22.415(Expte.: FCB 53010058/2011/CA4)

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B 53010058/2011 MMC respecto al reclamo de devolución de mercadería secuestrada al ejecutarse las órdenes de allanamiento llevadas a cabo en procedimientos efectuados en contra de sus defendidos. Dichas medidas, fueron instrumentadas en el marco de una investigación generada por una denuncia asentada ante la Dirección Regional Aduanera de Río Cuarto por la supuesta...

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