Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 7 de Noviembre de 2018, expediente CFP 005571/2013/8/CA002

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 5571/2013/8/CA2 CCCF – Sala II CFP 5571/2013/8/CA2 “L, S D y otros s/

procesamiento y embargo”.

J.. Fed. n° 11 – S.. n° 21.

Buenos Aires, 7 de noviembre de 2018.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Las presentes actuaciones se encuentran a estudio del Tribunal en virtud de los recursos de apelación articulados por el Dr. R.C.M., letrado de S D L, y por la Sra. Defensora Pública Caodyuvante, Dra. L.R.R., en representación de E L S y D L D, contra el pronunciamiento que luce a fs. 256/262 del ppal. por el cual el Sr.

Juez de grado dispuso los procesamientos de los nombrados como coautores del delito de uso de documento público falso -art. 296, en función del art. 292, párrafo, del Código Penal-, y embargo por la suma de cinco mil pesos -$ 5.000- respecto de cada uno.

II- Las defensas apelaron en tiempo y forma, siendo que la Dra. R.R. acompañó en dicho acto informe en cumplimiento de la audiencia prevista en el artículo 454 del ordenamiento procesal, mientras que el Dr. Mirenda informó oralmente ante los suscriptos (fs. 264/266 y 267/270 del ppal., y fs. 29 de la incidencia).

III- En anteriores intervenciones en la causa esta Alzada revocó los procesamientos de los encartados por el delito previsto en el artículo 296 del código de fondo, en el entendimiento de que no se había logado demostrar que los implicados en la maniobra bajo examen hubieran actuado con el dolo que requiere la figura por la que se los cautelara, ocasiones en las cuales se había encomendado al a quo la realización de peritajes caligráficos -para determinar eventuales intervenciones gráficas de los nombrados en el llenado de las planillas discutidas- así como la adopción de toda otra medida que estimare pertinente a los fines indicados (conf. fs. 168/169 y 237/238 del ppal.).

Pues bien, en esta nueva oportunidad se observa que el magistrado de la anterior instancia, tras la obtención de los resultados del estudio pericial ordenado -que descartan la intervención escritural de los imputados, si bien indicando que técnicamente no es Fecha de firma: 07/11/2018 Alta en sistema: 08/11/2018 Firmado...

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