Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 4 de Junio de 2020, expediente CFP 003679/2017/8/CA004

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2020
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

CFP 3679/2017/8/CA4

CCCF - Sala II

CFP 3679/2017/8/CA4

A., O.A. s/ procesamiento y embargo

.

J.. Fed. N° 6 – S.. N°

11.

Buenos Aires, 4 de junio de 2020.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el defensor oficial, doctor J.M.H., quien asiste legalmente a O.A.A., contra el auto que dispuso su procesamiento, sin prisión preventiva, en orden al delito previsto y reprimido en el artículo 145bis, agravado por los incisos 1º, 4º, 5º y anteúltimo párrafo del artículo 145ter, ambos del Código Penal, y trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de ciento ocho mil pesos ($ 108.000).

  2. De la lectura del legajo se advierte que la defensa oficial hizo uso de las previsiones del artículo 165 del CPPN.

    Al momento de recurrir formuló sus agravios.

    Éstos se concentran en la ausencia de elementos probatorios que permitan endilgarle a su asistido la conducta por la que se encuentra sujeto a proceso,

    a la vez que estimó elevado el monto de embargo impuesto, a cuyas argumentaciones en extenso cabe remitirse.

  3. a) A modo de inicio corresponde señalar que este Tribunal ya se expidió en la causa (conf. CFP 3679/2017/4/CA3),

    oportunidad en la que se fijaron los hechos materia de investigación.

    Así, la imputación consiste en haberse aprovechado, junto a otros consortes de causa, de la situación de vulnerabilidad de 23 de las 24 mujeres de nacionalidad argentina y paraguaya, para captarlas y recibirlas en el inmueble de la calle J.M. xx, de esta ciudad, procurando la explotación de sus “servicios sexuales”, con el Fecha de firma: 04/06/2020

    Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: N.A.P., SECRETARIO DE CAMARA

    fin de alcanzar un beneficio económico; cometido que consiguió realizar hasta el 1° de abril de 2017.

    1. Si bien la defensa procura correr de la escena a su asistido por el camino de cuestionar la aplicación de los verbos típicos que califican su conducta, lo cierto es que a poco que se analizan las probanzas incorporadas a la causa su contundencia derriba las argumentaciones intentadas.

    Así, el personal del Programa de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el delito de Trata indicó

    que ocho de ellas dijeron haberse iniciado en la prostitución en ese lugar; y otras de las...

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