Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 19 de Diciembre de 2019, expediente FSA 010827/2017/TO01/7

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY FSA 10827/2017/TO1/7 SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DE DICIEMBRE DE 2019.

AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. N° FSA 10827/2017/TO1/7,

caratulado: “F.D., R.S. de Ejecución Penal”,

del registro de este Juzgado de Ejecución y a los fines de evaluar la propuesta de pago

de multa adeudada por el interno y RESULTA:

  1. Vistas las actuaciones FSA 10827/2017/TO1/7/1/CFC2 caratulada

F.D., R. s/legajo de Casación Sala IV fueran revocadas por

la Excelentísima Cámara de Casación Penal Sala IV donde anula la resolución

dictada por este Juzgado de Ejecución en fecha 01.07.2019 y remita dichas

actuaciones a fin de que se emita nuevo pronunciamiento. Corrida vista a las partes,

la Defensa Oficial a fojas 236 pide que se cite a su asistido para que realice

ofrecimiento de pago mensual de la multa conforme a sus posibilidades económicas.

Por su parte el Ministerio Público considera favorable que sea citado el interno a fin

de que efectué propuesta de pago y que conforme a los lineamientos de la CFCP pide

que se fije el monto de cada cuota en un 10 % mensual del total de los haberes

percibidos por el interno fundado en que aquel porcentaje se encuentra previsto para

ser retenido en concepto de daños y perjuicios causados por el delito – art 121 de la

Ley de Ejecución.

2. En su momento este Juzgado, a fojas 86/84 corre agregado informe socio

ambiental, el que da cuenta que el penado es de nacionalidad boliviana y posee tres

descendientes. Por otro lado División Producción del penal informa a fojas 85 que el

encartado se encuentra afectado al taller de artesanía. Finalmente Sección

Administrativa a fojas 87 informa que el interno poseía en su cuenta de FONDO

PARTICULAR ($ 8.822,44) y en su cuenta de FONDO DE RESERVA ($ 4.289,64).

3. Finalmente conforme surge de autos, a fojas 86 el interno mediante

manuscrito expresa que “como extranjero no tengo posibilidades de cancelar, lo que

trabajo envío giro a mis hijos a Bolivia agradezco su comprensión.

respecto de la

multa. Posteriormente en audiencia a fojas 230 manifestó “que va a pagar cuotas de

500$ pesos

.

Fecha de firma: 19/12/2019 Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: AMELIA P.P., SECRETARIO DE JUZGADO #33538502#253124364#20191219172857942 CONSIDERANDO:

Analizadas las presentes actuaciones y oído a las partes corresponde,

reevaluar la viabilidad de pago de la multa propuesta por el penado conforme a lo

ordenado por la Excelentísima...

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