Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 29 de Julio de 2016, expediente FCB 093000136/2009/TO01/7

Fecha de Resolución29 de Julio de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 FCB 93000136/2009/TO1/7 Córdoba, 7 de julio de dos mil dieciséis.-

Y VISTOS:

El presente legajo de ejecución de sentencia caratulado:

D., L.G.S. Ejecución

, (Expte.

N°93000136/2009/TO1), venido a Despacho para resolver acerca de la sanción impuesta al interno L.G.D.; Y CONSIDERANDO:

  1. Que con fecha 14 de abril de 2016, mediante Orden Interna Nº610/2016, emitida por el Establecimiento Penitenciario Nº2, el interno L.G.D. fue sancionado con cuatro (4) días de restricción parcial de los derechos reglamentarios de visita (según lo dispuesto en el art. 6 inciso “d”

    del Anexo I, del Decreto N°343/08), por la por la comisión de una falta grave consistente en: “tener elementos electrónicos no autorizados” (art. 5 inc. “c”, Anexo I Decreto Reglamentario N° 344/08). Dicha sanción fue impuesta por cuanto, conforme se desprende del informe elaborado por el Subalcaide Tec.

    Superior J.A. siendo aproximadamente las 7:30 hs, del día 8 de abril de 2016, en momentos en que se encontraba en el interior del pabellón E, formando parte de un operativo de registro corporal y de desalojo de los internos alojados en dicho pabellón, con la finalidad de efectuar una inspección de mobiliario y de sectores de uso común, se procedió a inspeccionar la celda N°3, lugar de alojamiento individual del interno L.G.D., se procedió a detectar y posteriormente secuestrar un Modem Portatil de la marca comercial Alcatel, modelo O.T., sin chip de activación de tarjeta SIM y sin tarjeta de memoria, elemento que se hallaba sobre la mesa, dispuesta en dicho recinto, más precisamente al lado de una computadora portátil, por lo que se solicitó la presencia del Adjutor Tec. S.. F.O. y del S.T.. Superior J.S., quiénes oficiaron como testigos de lo incautado. Se añade acta de Fecha de firma: 29/07/2016 Firmado por: J.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.B., SECRETARIO #16357484#158273620#20160729131435128 entrevista personal, acta de secuestro, declaración testimonial de personal penitenciario, imagen de elemento secuestrado (fs.84/90).

  2. Que así las cosas, D. expresó en sede administrativa su voluntad de apelar a este Tribunal. Asimismo el interno en mención compareció a la sede de este Tribunal en presencia de la señora Defensora Pública Coadyuvante, Dra. E.P.M. y apeló la sanción impuesta (fs.91), manifestando que el Modem secuestrado no estaba al lado de la computadora sino que estaba en un jarro de aluminio, junto con la cinta de embalar y un encendedor , en el primer estante del armario. Que el MODEM se encontraba allí ubicado ya que según lo manifestado por D., no lo utilizaba, ya que el mismo no tenia activación, es decir no tenía chip. Que el Modem se encontraba desde antes que los internos fueran alojados en dicho pabellón, desde hace un año aproximadamente. Que el artefacto encontrado no era de su propiedad, que no fue preguntado en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR