Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 11 de Octubre de 2019, expediente CFP 003002/2017/TO01/63/CFC018

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CFP 3002/2017/TO1/63/CFC18 REGISTRO N° 2069/19.4 Buenos Aires, 10 de octubre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa CFP 3002/2017/TO1/63/CFC18, del Registro de este Tribunal caratulada: “M.V., M. s/Ley 24.390”.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 3 de la Ciudad de Buenos Aires, con fecha 10 de septiembre de 2019, resolvió prorrogar la prisión preventiva de M.M.V., por el término de un (1) año, a partir del 11 de septiembre de 2019 (fs. 1/4).

  2. Que en atención al control que en la materia incumbe a esta Cámara Federal de Casación Penal, el Tribunal Oral mencionado elevó las presentes actuaciones.

  3. En primer lugar, los jueces de la instancia anterior realizaron una breve reseña del trámite de las presentes actuaciones y refirieron que el encartado se encuentra requerido a juicio, imputado de ser coautor del delito de asociación ilícita –en calidad de miembro-, en concurso real con tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, agravado por la intervención de funcionarios públicos y por servirse de personas menores de dieciocho años (arts. 45, 55 y 210 del C.P. y 5, inc.

Fecha de firma: 11/10/2019 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #34071633#246560903#20191011110056555 “c”, y 11, incs. “a” y “d”, de la ley 23.737).

Que de lo manifestado en la resolución elevada, surge que los sentenciantes tuvieron en cuenta a los fines de prorrogar la prisión preventiva que pesa sobre el nombrado que: “…el tiempo que el encartado lleva detenido no resulta desproporcionado a la luz de la complejidad de las actuaciones, reflejada en la magnitud de los hechos, en la multiplicidad de imputados y en la voluminosidad de la causa, que, por lo demás, cuenta con 26 legitimados pasivos, 24 de los cuales se encuentran privados de la libertad, y 42 cuerpos de actuación, a los que se han sumado diversos expedientes –a saber, causas nro. 2253/18, 2284/17, 2313/18, 2361/18, 2373/19 y 2383/19- recibidos en esta sede por razones de conexidad” (Confr. fs. 3/3 vta.).

Asimismo, con relación al estado procesal de la causa los magistrados de la instancia anterior refirieron que: “…el pasado 28 de agosto comenzó el juicio oral y público pertinente y que, en la actualidad, se encuentra en pleno...

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