Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 11 de Octubre de 2019, expediente CFP 003002/2017/TO01/63/CFC018
Fecha de Resolución | 11 de Octubre de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CFP 3002/2017/TO1/63/CFC18 REGISTRO N° 2069/19.4 Buenos Aires, 10 de octubre de 2019.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa CFP 3002/2017/TO1/63/CFC18, del Registro de este Tribunal caratulada: “M.V., M. s/Ley 24.390”.
Y CONSIDERANDO:
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Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 3 de la Ciudad de Buenos Aires, con fecha 10 de septiembre de 2019, resolvió prorrogar la prisión preventiva de M.M.V., por el término de un (1) año, a partir del 11 de septiembre de 2019 (fs. 1/4).
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Que en atención al control que en la materia incumbe a esta Cámara Federal de Casación Penal, el Tribunal Oral mencionado elevó las presentes actuaciones.
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En primer lugar, los jueces de la instancia anterior realizaron una breve reseña del trámite de las presentes actuaciones y refirieron que el encartado se encuentra requerido a juicio, imputado de ser coautor del delito de asociación ilícita –en calidad de miembro-, en concurso real con tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, agravado por la intervención de funcionarios públicos y por servirse de personas menores de dieciocho años (arts. 45, 55 y 210 del C.P. y 5, inc.
Fecha de firma: 11/10/2019 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #34071633#246560903#20191011110056555 “c”, y 11, incs. “a” y “d”, de la ley 23.737).
Que de lo manifestado en la resolución elevada, surge que los sentenciantes tuvieron en cuenta a los fines de prorrogar la prisión preventiva que pesa sobre el nombrado que: “…el tiempo que el encartado lleva detenido no resulta desproporcionado a la luz de la complejidad de las actuaciones, reflejada en la magnitud de los hechos, en la multiplicidad de imputados y en la voluminosidad de la causa, que, por lo demás, cuenta con 26 legitimados pasivos, 24 de los cuales se encuentran privados de la libertad, y 42 cuerpos de actuación, a los que se han sumado diversos expedientes –a saber, causas nro. 2253/18, 2284/17, 2313/18, 2361/18, 2373/19 y 2383/19- recibidos en esta sede por razones de conexidad” (Confr. fs. 3/3 vta.).
Asimismo, con relación al estado procesal de la causa los magistrados de la instancia anterior refirieron que: “…el pasado 28 de agosto comenzó el juicio oral y público pertinente y que, en la actualidad, se encuentra en pleno...
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