Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 9 de Agosto de 2019, expediente FGR 014763/2013/TO02/6

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 14763/2013/TO2/6 Legajo Nº 6 - IMPUTADO: CASTRO, C.J. s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL General Roca, 9 de agosto de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

La presente causa caratulada: “La presente causa caratulada: “Legajo Nº 6 - IMPUTADO: CASTRO, C.J. s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL” (Expte. Nº FGR 14763/2013/TO2/6), puesta a despacho para resolver, y; CONSIDERANDO:

Primero

Que a fs. 98, el condenado C.J.C. solicitó la incorporación al Régimen de Libertad Condicional.

Segundo

Al respecto, la Unidad Nro.5 del Servicio Penitenciario Federal, lugar en el que se encuentra alojado quien nos ocupa, mediante A.N.. 423/2019 de fecha 11 de junio de 2019, el Consejo Correccional, luego de analizar los informes producidos por las distintas áreas que componen el mismo, se expide por unanimidad de criterios de manera favorable a la solicitud del interno de ser incorporado al régimen de libertad condicional.

En ese sentido tenemos que en su informe el Servicio Criminológico de la Unidad manifiesta que el interno en cuestión registra calificaciones de Conducta Ejemplar Diez (10) y concepto Muy Bueno Seis (6), ello es de acuerdo a la evaluación del segundo semestre del año en curso, encontrándose incorporado a la fase de confianza Fecha de firma: 09/08/2019 Firmado por: A.A.S., JUEZ DE EJECUCIÓN PENAL Firmado(ante mi) por: L.A.P.G., SECRETARIO DE EJECUCION PENAL #31126124#241048818#20190809080727281 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 14763/2013/TO2/6 desde el 15/03/2019. Su tratamiento intramuros ha sido favorable encontrándose en la última fase del período del tratamiento propiamente dicho con un pronóstico de reinserción social favorable, sugiriendo igualmente que de ser concedido el beneficio se le brinde un tratamiento psicológico extramuros.

De la documentación remitida por el establecimiento carcelario se encuentra agregada a fs. 107 vlta./109 el acta de incorporación al programa de prelibertad y el informe social-ambiental y el acta de aceptación de libertad mediante la cual su referente la señora J.E.J. manifiesta su conformidad para recibir al interno en su domicilio de calle Juan B.

Justo 855 casa 154 del Barrio Padre Gardin de la ciudad de V.R..

De igual forma, tenemos que en el acta del Consejo Correccional la Sección Asistencia Médica en su informe psicológico manifiesta que el interno se encuentra incorporado a la fase 2 del programa específico AGA, concurriendo regularmente al área de psicología...

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