Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 20 de Febrero de 2019, expediente CFP 004989/2017/6/CA003

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 4989/2017/6/CA3 CCCF- Sala II CFP 4989/2017/6/CA3 “O, F A y otros s/procesamiento”

J.. Fed. n° 6 - Sec. n° 12.

Buenos Aires, 20 de febrero de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Dr. J.M.H. a cargo de la Defensoría Pública Oficial en lo Criminal y Correccional Federal n°2 , contra la resolución cuya copia obra a fs. 3/5 de esta incidencia en cuanto dictó el procesamiento sin prisión preventiva de F A R O como consecuencia del delito previsto y reprimido por el art. 14, primer párrafo de la ley 23.737.

    La presente se inició con fecha 29 de marzo del año en curso, ocasión en la que personal policial de la comisaría n°38 de la P.F.A. procedió a la detención del imputado quien se encontraba a bordo de un vehículo BMW, en las inmediaciones de la villa 1-11-14. Del interior de la guantera del rodado se secuestró marihuana y del costado izquierdo del acompañante un arma con once cartuchos de bala.

  2. Ahora bien, ingresando en el tratamiento de la situación procesal de O F, adelantan los suscriptos que comparten el encuadre legal provisoriamente asignado por el a quo.

    En lo que hace a la materialidad del suceso bajo pesquisa, se encuentra acreditado que al momento de ser aprehendido, el nombrado se hallaba a bordo de un auto en cuyo interior se halló material estupefaciente situado al alcance de sus tres tripulantes (ver incidente 4989/2017/3/CA). Sobre la cuestión, importa aclarar que la defensa no ha puesto en duda la relación de disponibilidad que el recurrente habría mantenido con el material psicotrópico (ver fs. 6/9).

    Tales extremos hallan respaldo en el acta de secuestro labrada con motivo de la diligencia, en las declaraciones de los funcionarios intervinientes y los testigos de rigor convocados al efecto (ver fs. 1/3, 7/10, 13/4 y 98/101 del principal).

    Fecha de firma: 20/02/2019 Alta en sistema: 21/02/2019 Firmado por: M.I., Juez de Cámara Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: G.F.G.M., P. de Cámara...

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