Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 11 de Mayo de 2023, expediente CFP 007469/2020/5/CA001

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2023
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

CFP 7469/2020/5/CA1

CFP 7.469/2020/5/CA1

D., G. R.

s/procesamiento y embargo

.

J.. Fed. n° 2 - Sec. n° 4.

Buenos Aires, 11 de mayo 2.023.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

I- El Dr. I.F.D.F. interpuso recurso de apelación en representación de su asistido G. R. D., contra el auto por intermedio del cual el Sr Juez de grado dispuso el procesamiento del nombrado en orden al delito de estafa (Artículo 172 del Código Penal); y mandó a trabar embargo sobre sus bienes por la suma de $150.000.

El impugnante considera que la conducta de su pupilo resulta atípica en tanto carece del aspecto subjetivo; postulando en consecuencia su desvinculación en los términos del artículo 336, inciso 3°

del Código de forma.

II- Se inicia la causa con motivo de la denuncia de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia, tras advertir la existencia de diferentes páginas de internet que, simulando ser el sitio web oficial de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, ofrecían el servicio de realización de trámites registrales propios de ese organismo, provocando en los usuarios la –falsa-

creencia de que lo hacían a través del canal oficial.

Concretamente, se endilga a D. haber engañado a:

-S. C., quien con fecha 13 de junio del 2020 accedió a la página www.registrodeautomotor.com.ar a fin de efectuar la gestión online de una cédula azul de identificación del vehículo dominio Rxx 4xx -para un conductor de la empresa a la que representaba: P. F. S.A.-, registrado ante el Registro de la Propiedad Automotor n° 4 de Mar del Plata. Abonó el monto de $2360 a través de la aplicación de Mercado Pago. No obstante, al dirigirse personalmente al organismo, le informaron que no poseían en sus registros ningún trámite efectuado en relación a ese dominio.

-E. D. T., quien con fecha 24 de octubre del 2020

solicitó a través de la página www.registrodeautomotor.com.ar dos Fecha de firma: 11/05/2023

Alta en sistema: 12/05/2023

Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: R.J.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: N.A.P., SECRETARIO DE CAMARA

informes (de dominio y de libre infracción), y abonó $1340 a través de la aplicación Mercado Pago. Posteriormente, al acudir al Registro Automotor de C. P. –donde se hallaba inscripto el rodado-, le fue informado que no había efectuado trámite alguno ante esa entidad.

III- La materialidad de los hechos no se encuentra controvertida.

Tampoco se sometió a debate que el dominio de la página de internet www.registrodeautomotor.com.ar, fue registrado por el imputado, a su nombre, el 6 de octubre del 2019 (cfr. lo informado por la División de Investigaciones de Delitos Tecnológicos y la

  1. H.

  2. LTD). Era él quien la usaba.

El sitio poseía el escudo oficial característico de los organismos de carácter público, el logotipo y la insignia de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor, e idéntica tipografía a las que presenta el sitio web oficial (cfr. se desprende de los registros fílmicos y fotográficos aportados al expediente por la UFECI).

Las damnificadas coincidieron en que, en todo momento, creyeron estar utilizando los medios oficiales –esto es, el sitio de internet de la DNRPA- al efectuar los trámites aludidos.

Al respecto, T. sostuvo “…puse en el buscador registro automotor solicitar informes, y el primer resultado fue la página www.registroautomotor.com.ar. Todo era igual a la página oficial. Allí

solicité dos informes y se abrió un link de Mercado Pago donde los aboné,

por un monto de $1340 el informe de dominio,...

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