Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 7 de Febrero de 2019, expediente FRO 026311/2015/TO01/5

Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 26311/2015/TO1/5 N° 08/19 -E Rosario, 7 de febrero de 2019.-

VISTOS: los autos caratulados:

BRESCA, J.O. s/legajo de ejecución penal

, expte. F..

nro. 26311/2015/TO1/5 del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 2 de R., con competencia en materia de Ejecución Penal.

Y CONSIDERANDO QUE:

A fs. 110/113 la Defensa Publica Oficial, ha interpuesto recurso de apelación contra la resolución administrativa de fecha 28/09/18 mediante la cual se le impuso a su defendido la sanción de cuatro días de permanencia en su celda.

Funda su petición en que la sanción carece de motivación suficiente para ser considerada un acto jurisdiccional válido, por lo que, considera que deviene arbitraria. Ello, en base a que la resolución impugnada se basa en escaso caudal probatorio.

Finalmente, solicita la revocatoria de la decisión administrativa.

Corrida vista al F. General, propicia el rechazo del planteo formulado por la defensa.

Ambas partes efectúan reservas recursivas.

Adelanto mi opinión en cuanto corresponde el rechazo de la apelación interpuesta por el MPD.

Parto de considerar, que conforme surge de las constancias glosadas al presente legajo, el día 8 de agosto del Fecha de firma: 07/02/2019 Firmado por: BEATRIZ CABALLERO DE BARABANI, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.P., SECRETARIA #30401522#224226882#20190207123321686 corriente, siendo aproximadamente las 16.15 personal penitenciario, concretamente el Ayudante Principal Cesar Pimienta, de la U7 de Resistencia, Chaco, procedió, en el marco de una inspección preventiva de rutina, efectuada en el Pabellón N° 1 de la mencionada prisión, al secuestro de un elemento punzante y un cargador para celulares de fabricación casera, que se encontraba dentro del colchón del interno O.B.. Lo acontecido fue descripto en el parte de fs. 99, suscripto por el J. de turno de ese momento y elevado al Director del establecimiento. Se acompañó el acta de secuestro en la que participaron los testigos de actuación convocados al efecto, el Ayudante de Primera O. y el Ayudante de tercera C.A.A., las fotografías extraídas y la constatación médica practicada sobre el interno.

Como consecuencia de ello, el Director de la Prisión Regional del Norte (U7) ordenó la instrucción del sumario y designó como instructor al A.C.S.E., quien consecuentemente, mediante resolución de fecha 9 de agosto del corriente, dispuso las medidas de prueba que se...

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