Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 1 de Agosto de 2018, expediente FRE 009915/2015/49/CA013

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 SISTENCIA, al primer día de mes de agosto del año dos mil dieciocho.

VISTO:

Este expediente registro N° FRE 9915/2015/49/CA13 caratulado: “Legajo de Prórroga de

Prisión Preventiva en autos: DIDUCH, M. J. (D) por Infracción Ley 23.737

proveniente del Juzgado Federal N°2 de esta ciudad del cual, RESULTA:

  1. Que vienen estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del resolutorio de

    fecha 11 de julio del corriente año el cual dispuso: “I. PRORROGAR LA PRISIÓN

    PREVENTIVA de M.… por el término de UN (1) AÑO a contar desde el día de

    la fecha, de conformidad con lo ordenado en la parte in fine del art. 1º de la ley 24.390. II.

    Hágase saber a la Excma. Cámara Federal de Apelaciones … que se ha dictado la prórroga de

    la prisión preventiva…”.

  2. Que para así decidir, la jueza a quo señala los múltiples factores que impidieron que

    OFICIAL este proceso llegara a una sentencia con anterioridad describiendo la ampliación de la declaración

    indagatoria, ampliación de procesamiento con prisión preventiva, y puntualmente la apelación,

    cuya resolución de este Tribunal que confirma el auto de procesamiento obra a fs.3373/3391, lo

    cual –afirma justifica de manera excepcional el mantenimiento de la prisión preventiva.

    USO Asimismo hace referencia a que nos encontramos ante un proceso que reviste complejidad

    sobre el hecho investigado en virtud de las características de las maniobras, cantidad de personas

    que se encontrarían involucradas y detenidas, de lo que surge acreditado en autos la existencia de

    dos organizaciones que trabajaban de manera coordinada a fin de planificar ilícitos de la cadena

    de tráfico de estupefacientes, así como también para el contrabando de procedencia extranjera en

    infracción a la ley 22.415, lo que dio lugar a la voluminosidad de la causa que consta de 19

    cuerpos, 48 incidencias entre legajos de apelación y otros planteos lo que conlleva a demorar el

    normal transcurso instructorio.

    En consecuencia, en atención a lo manifestado, considera la sentenciante que existe razón

    suficiente para prorrogar la prisión preventiva que viene cumpliendo DIDUCH.

  3. Recibido el presente ante esta Alzada, se notifica al Sr. Fiscal General.

    CONSIDERANDO

    :

    I. En forma previa al examen de las cuestiones venidas a conocimiento a través del

    recurso interpuesto, cabe precisar que la Ley 24.390 –con las modificaciones introducidas por

    Ley 25.430– establece...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR