Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 17 de Marzo de 2022, expediente CCC 001985/2022/4/CA002

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

CCC 1985/2022/4/CA2

CCC 1985/2022/4/CA2

D, G.R. s/ prisión preventiva

J.. F. n° 5 – Sec n° 10

Buenos Aires, 17 de marzo de 2022.

VISTOS

Y CONSIDERANDOS

I- La defensa de G.R. D apeló –exclusivamente- la imposición de prisión preventiva, dispuesta en la decisión donde también se amplió su procesamiento.

II- Así planteada la discusión, debe decirse que recientemente la Sala confirmó el rechazo de la excarcelación solicitada en favor del imputado (CCC 1985/2022/2/CA1 resuelto el 10.03.22, reg n°

50.522).

Se dijo entonces y se repite ahora, que “…existen circunstancias de peso que avalan la resolución adoptada en el incidente.

Aquellas se extraen de la certificación realizada en el expediente, de la cual surge la siguiente información sobre los antecedentes que posee el imputado:

- Causa nro. 1740: del registro del J.ado Correccional nro. 2 del Departamento Judicial de S.M., Provincia de Buenos Aires, la cual tramitó originariamente ante el J.ado de Garantías nro. 6 de dicho departamento bajo el nro. 6804. En el marco de la misma, el 17 de junio de 2015 se lo condenó a la pena de 3 meses de prisión y costas por considerarlo autor penalmente responsable del delito de desobediencia, a raíz de un hecho ocurrido el 22 de febrero de 2014. En esa misma fecha se tuvo por cumplida la condena debido a los tiempos de detención que el causante sufrió en prisión preventiva y se le otorgó la libertad. Además, se dejó sin efecto la orden de rebeldía y captura que pesaba sobre D. en el marco de ese legajo - Causa nro. 23361/2015 –interno 5105-: del registro del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nro. 1 de la Capital F.eral, la que se inició el 22 de abril de 2015, por ante la ex comisaría nro. 49 de la Policía de la Ciudad, bajo el sumario nro. 963/2015, y tramitó originariamente ante el Tribunal Oral de Menores nro. 4,

Fecha de firma: 17/03/2022

Alta en sistema: 21/03/2022

Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: R.J.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: N.A.P., SECRETARIO DE CAMARA

36292276#320385172#20220317113400234

secretaría 10. En fecha 17 de diciembre de 2016 se lo condenó a la pena de 2 años de prisión de efectivo cumplimiento y costas por ser considerado coautor penalmente responsable del delito de robo simple agravado por la intervención de un menor de dieciocho años de edad, en concurso real con el delito de...

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