Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 2, 18 de Noviembre de 2020, expediente FSM 156668/2018/4/CA002

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2

Causa n° 8991 - FSM 156668/2018/4/CA2

Legajo Nº 4 - DENUNCIANTE: M.,C., IMPUTADO: M.,B.G.O. M.,B.G.O. s/LEGAJO DE APELACION

Registro N° 9839

San M., 18 de noviembre de 2020.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llega el presente legajo a conocimiento de esta Alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la querellante M.,C. conjuntamente con su patrocinio letrado, Dr. Madoda Ntaka, contra el punto dispositivo I de la resolución, mediante el que se dispuso el sobreseimiento de M.,B.G.O., respecto del delito previsto y reprimido por el artículo 119, párrafo primero, del C.. Penal de la Nación (Art. 336, inciso 2°, del C.. P.. Penal de la Nación; Cf.

    Fs. 1 y 15/33 del legajo digital).

    En la instancia, la acusadora privada sostuvo la impugnación en la audiencia celebrada acorde las previsiones del Art. 454 del ordenamiento de rito; en tanto, el F. General y la Defensa Pública Oficial no adhirieron, a la vez que ésta última mejoró fundamentos (Fs. 39/49, 62 y 103, del legajo digital).

    Luego, vencido el plazo para que ejerzan el derecho a réplica, el expediente se encuentra en condiciones de recibir pronunciamiento.

  2. DEL INICIO DE LAS ACTUACIONES Y LA DELIMITACIÓN

    DEL SUSTRATO FÁCTICO:

    1. El proceso reconoce su génesis en la Investigación Penal Preparatoria N° 15-00-29708-17,

      caratulada “C.,M. s/daño”, en trámite ante la Unidad Funcional de Instrucción N° 3, del Departamento Judicial de San M.; expediente iniciado con la denuncia policial formulada por N.V.,G., a partir del daño sobre el automotor dominio AA556OH de su propiedad, evento acaecido el día 26 de junio de 2017, en oportunidad en que el vehículo se encontrara estacionado en la vía pública, en el espacio destinado a tal propósito, asignado a la F.ía en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 1 de San M., ámbito en que la denunciante labora.

      Fecha de firma: 18/11/2020

      Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

      1

      Firmado por: M.F.F., SECRETARIA

      En su deposición, N.V.,G. expuso que, bajo similares circunstancias, también advirtió rayones en el automotor los días 9 y 15 de junio de 2017.

      En aquel proceso de trámite ante la justicia local,

      M.,C., quien también prestara servicios en la fiscalía,

      presentó espontáneamente un descargo escrito (Art. 162, del C.. P.. Penal de la provincia de Buenos Aires), señalando que la denuncia incoada por N.V.,G. en su contra, fue “motorizada por el Sr. F., Dr. M.,B.G.O.”, a quien atribuyó conductas “indecorosa[s] e indecente[s], propias de un acosador” (Cf. apartado VI de la presentación incorporada a Fs. 60/68, de los P..).

      En esa línea de argumentación, sostuvo que el fiscal promovió en su contra un sumario administrativo, como una forma de “inmiscuirse en (…) [su] vida personal,

      avasallando (…) [su] dignidad y estima con sus reprochables actitudes”.

      Relativo a ello, la sede interviniente remitió

      testimonios a la F.ía Especializada en Delitos Sexuales (Fs. 90, en función de Fs. 93, de los P..), ámbito en el que M.,C.se presentó como particular damnificada contra M.,B.G.O., por el ejercicio, coactivo e intimidatorio, de actos de acoso y abuso sexual, aprovechándose de una relación de dependencia, de autoridad y poder en su contra (Fs.

      94/99V., de los autos principales).

      En ese orden de ideas, precisó haber “sufrido sus ataques y perversidades sexuales por más de 22 años”,

      explicitando los hechos y circunstancias atribuidos al encausado.

    2. Así, tomando por base las expresiones vertidas por M.,C. en el apartado VI del descargo escrito oportunamente presentado en aquel proceso seguido en su contra; el escrito mediante el que solicita a la justicia provincial ser tenida por particular damnificada en éste proceso; la declaración testimonial rendida en esa sede; la presentación mediante la que ofrece testigos de cargo; el elemento de prueba incorporado en el marco de la deposición juramentada de M.,G. y el escrito mediante el que insta la citación de Fecha de firma: 18/11/2020

      M.,B.G.O. a prestar declaración indagatoria Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

      2

      Firmado por: M.F.F., SECRETARIA

      Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2

      Causa n° 8991 - FSM 156668/2018/4/CA2

      Legajo Nº 4 - DENUNCIANTE: M.,C., IMPUTADO: M.,B.G.O. M.,B.G.O. s/LEGAJO DE APELACION

      Registro N° 9839

      (Fs. 60/68, 94/99V., 114/116V., 268/269V., 312/317 y 459/462,

      de los autos principales), las conductas endilgadas al justiciable son aquellas que se precisan a continuación, que,

      para su desarrollo y tratamiento, admiten ser agrupadas según se trate de acciones, o bien, manifestaciones verbales o escritas.

      La damnificada puso en cabeza del justiciable las siguientes acciones:

      (1) “Ha llegado a llamar a mi madre por teléfono para decirle porque yo no correspondía a sus insinuaciones”.

      (2) “Me regalaba ramos de flores sin justificación.

      Exponiéndome delante de los integrantes de la fiscalía, toda vez que el cadete de la Florería (…) llegaba con las flores a la fiscalía y las entregaba delante de los que allí se encontraban en dicho momento. Esto sucedía de forma reiterada”.

      (3) “En un momento me tomó por los hombros diciendo ‘que linda que sos’ y de la fuerza me tiró contra un mueble que había en la fiscalía de la calle T., en presencia del P.G.,T. y la Dra. M.,B., ex secretaria de la F.ía quien llegó a decirle (Sic) ‘¿M. te volviste loco?’”.

      (4) “Tenía preservativos en su baño cuando la fiscalía se encontraba en la calle T. y una botella de whisky (…) luego de un tiempo me llamó enojado porque se le habían vencido y eso era por mi culpa”. Precisó, luego, que los preservativos se encontraban en el botiquín del baño y que, a partir de que el fiscal le mostraba estos elementos,

      interpretó que se le insinuaba, siendo más explícita en cuanto a que los preservativos habían expirado “porque no los había usado con él” (Fs. 114/116V.).

      (5) De un viaje a Taipei, “trajo un CD pornográfico asiático, me llamó al despacho para que lo viera y mientras hacía la mímica me decía tienen la rayita igual que todas riéndose”.

      (6) “Imprimió un artículo de los beneficios de semen en Fecha de firma: 18/11/2020

      el sexo oral y me llamó para decirme que lo lea”.

      Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

      3

      Firmado por: M.F.F., SECRETARIA

      (7) Solicitó los registros migratorios de la damnificada y de G.P.,T., a la Dirección Nacional de Migraciones y a la Gendarmería Nacional, a fin de comprobar la existencia de coincidencias en las fechas.

      (8) El encausado aparecía “de forma sigilosa en mi despacho, se ubicaba detrás de mí y libidinosamente me corría el pelo –estando yo sentada- para verme el cuello”.

      (9) El día 7 de julio de 2017 recibió una invitación a través de la red social Facebook, que no aceptó.

      (10) “Me esperaba en P.S. en la parada de colectivo con su auto para llevarme a casa”. Relativo a éste hito, agregó que, cuando la sede de la fiscalía se ubicaba sobre la calle T., ella residía en el barrio porteño de B. y concluida la jornada laboral, su retorno lo hacía junto a M.,B., quien la acercaba en su vehículo hasta la Avda. Cabildo y P.S.; locación en que “siempre aparecía, como de ‘casualidad’ el Dr. M.,B.G.O. y me ofrecía llevarme, diciendo que me suba, que sólo son unas cuadras”, ofrecimiento al que nunca accedió (Fs. 114/116V.).

      (11) El F.M.,B.G.O. le negó un ascenso jerárquico, relativo a lo cual, el día 16 de mayo de 2017, le dijo “vos sabes lo que tenías que hacer para que te nombre”.

      (12) En su deposición juramentada amplió sustancialmente los hechos enrostrados al querellado al afirmar que, en la sede de la fiscalía ubicada en la calle B., la cocina está incorporada al salón principal y el fiscal “siempre pasaba, cuando yo estaba preparándome la comida y me rozaba a la altura de mi cola con sus genitales como apoyándome,

      con la excusa de que tenía que pasar (…) eso pasaba muy seguido” (Fs. 114/116V.).

      (13) En esa oportunidad, también adicionó otro suceso novedoso, consistente en que “cuando yo me servía agua en el dispenser me empezaba a dar charlas y me tocaba el hombro y mi cara quedaba a la altura de sus genitales, ya que yo tenía que agacharme para servirme agua” (Fs. 114/116V.).

      (14) Así también, incorporó que el encausado le imponía trabas, tales como no dejar que trabajara en feria, al igual Fecha de firma: 18/11/2020

      Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

      4

      Firmado por: M.F.F., SECRETARIA

      Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2

      Causa n° 8991 - FSM 156668/2018/4/CA2

      Legajo Nº 4 - DENUNCIANTE: M.,C., IMPUTADO: M.,B.G.O. M.,B.G.O. s/LEGAJO DE APELACION

      Registro N° 9839

      que su entonces esposo, que también laboraba en el Poder Judicial (Fs. 114/116V.).

      Sobre el tópico, ejemplificó que “una vez me había autorizado vacaciones verbalmente, por lo que hasta compramos los paquetes de viaje, con mi ex marido, y unos días antes de la fecha del viaje me negó esos días de vacaciones, poniendo por escrito que dicha negativa era producto del posible trabajo que pueda ingresar”.

      De su parte, también le atribuye al querellado las expresiones siguientes:

      (1) “Cuando lo saludaba para irme me decía que me tenía que quedar hasta más tarde, sin justificación alguna”.

      (2) Si tenía el cabello recogido, le decía “que lindo cuello”.

      (3) “No te pongas nunca siliconas como C. (…)

      porque a mí me gustan naturales”.

      (4) Demandas tales como “mostrame las marcas de la malla” y la expresión “no me digas que hiciste topless,

      porque me muero”, formuladas a sus retornos de las vacaciones.

      (5) Cuando la fiscalía mudaba su edificio “ojala sea en la terraza así te obligo a venir en bikini”.

      (6) Comentarios “sobre mis piernas”...

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