Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A, 25 de Octubre de 2023, expediente CPE 631/2016/30

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2023
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A

Poder Judicial de la Nación Reg. Int. N° /2023

LEGAJO DE APELACIÓN DE D. T. S.A.; S., C. L. EN AUTOS:

S., M. Y OTROS S/ INFRACCIÓN LEY 22.415

.

CPE 631/2016/30/CA58. Orden N° 33.292. Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 8, Secretaría N° 15. Sala “A”.

Buenos Aires, de octubre de 2023.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la defensa de C. L.

S. y de D. T. S.A., obrante en los autos principales y en copia en este legajo digital, contra los puntos dispositivos I, II, III y IV de la resolución también obrante en el expediente principal y en copia el presente, por los cuales el señor juez de la instancia previa dispuso el auto de procesamiento respecto de los nombrados y trabó embargo sobre los bienes de aquéllos hasta cubrir la suma de pesos $ 17.815.224,10.

Las presentaciones por las cuales el recurrente y la parte querellante (A.F.I.P.-D.G.A.), respectivamente, informaron en los términos establecidos por el art. 454 del C.P.P.N.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por los puntos dispositivos I y III del pronunciamiento recurrido, el juzgado “a quo” dispuso el auto de procesamiento respecto de C. L. S. y de D. T. S.A., por el hecho vinculado con la imputación referida por la resolución en crisis como punto “A”, consistente en el intento de ingreso al país de mercadería vinculada con la guía aérea “…AF385639 en la que figura como proveedor ‘M. L.

    I. ’ junto con factura de otro proveedor ‘L. H.

    I.’…teniendo en cuenta que el pallet que se encontraba dentro del sector Courier del Aeropuerto de Ezeiza, fue secuestrada una encomienda vinculada a la guía aérea Nro. AF385639 junto con la factura de fecha 22/12/2016 del proveedor ‘L. H. I.…, a favor de ‘D. T. S.A.’

    describiendo la mercadería como: ‘1 Fan -TTNIC5 TT NIC C5 CPU

    FAN, 4 DH-SA120GB HD SAMSUNG 120GB, 1 CPU-I7-4.0 CPU

    INTEL I7 4.00 GHZ BOX, 1 LAN-31034 SYBA 2-PORT KVM SWITCH’,

    a un valor de U$S 991,10. Del acta de verificación y aforo nro.

    Fecha de firma: 25/10/2023

    Alta en sistema: 26/10/2023

    Firmado por: F.G.S., SECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA

    17622ALOT000161M surge que se verificó la mercadería consistente en 1 ‘cooler’ para PC con inscripción ‘Thermaltake NIC C5’, 4 discos rígidos estado sólido con inscripción ‘Samsung PM863’ de 120 GB, 1

    microprocesador para PC con inscripción ‘INTEL i7 6700K LGA 1151’,

    1 unidad para conexión de periféricos para PC, con inscripción ‘SYBA

    SY-KVM3104’…De la observación de la guía aérea Nro. AF385639,

    surge que el proveedor de la mercadería es ‘M. L.

    I. .’ con domicilio en *** N Capit[a]l A. S. J., CA ***. Sin embargo, la fotocopia de la impresión de la factura adjunta habría sido emitida por ‘L. H. I.’, con domicilio en *** NW ** st., M.. Se destaca que figura impreso en la misma (en el margen superior) el número de la guía aérea. Ello indicaría, que esa factura ha sido confeccionada en forma posterior a la tramitación de la guía aérea...Así también de la página ‘***.org’ se desprende que ‘L. H. I.’ ha sido disuelta con fecha 23/09/2016”.

    En ese orden, el juzgado de la instancia previa concluyó que en el caso: “…se habría vulnerado el régimen de C., al tratarse de mercadería cuya compra en el exterior pretendía vincularse a factura presuntamente apócrifa…” (confr. considerando 3°, punto 1° A, de la resolución recurrida, la transcripción es copia textual del original; se prescinde del destacado).

    Asimismo, el auto de procesamiento de C. L. S. y de D. T.

    S.A. fue ordenado también respecto de los hechos vinculados con la imputación referida por la resolución en crisis como punto “B”,

    consistentes en el “…ingreso de mercadería mediante algunas guías registradas durante el año 2016 [tratándose específicamente de]…los envíos imputados registrados en el año 2016 los siguientes días:…MES

    DE ENERO: 4, 6, 7, 11, 12, 13, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 27 y 29

    ;…MES DE FEBRERO: 1, 3, 4, 5, 10, 12, 15, 17, 18, 25 y 29 de febrero;

    MES DE MARZO: 1, 2, 3, 4, 7, 10, 11, 14, 16, 17, 18, 21, 23, 28, 29 y 30

    de marzo; MES DE ABRIL: 1, 4, 6, 7, 8, 12, 13, 18, 21, 25, 26, 27, 28,

    29 de abril; MES DE MAYO: 2, 3, 5, 10, 16, 17, 20, 23, 26 y 27 de mayo; MES DE JUNIO:3, 6, 8, 9,13, 14, 15, 16, 22, 23, 29, 30 de junio;

    MES DE JULIO: 4, 6, 7, 11, 13, 14, 18, 21, 22, 25 de julio; MES DE

    AGOSTO: 1, 5, 8, 9, 10, 12 de agosto, 16, 22 de agosto; MES DE

    SEPTIEMBRE: 9, 12, 22, 29 de septiembre; MES DE OCTUBRE: 18,

    Fecha de firma: 25/10/2023

    Alta en sistema: 26/10/2023

    Firmado por: F.G.S., SECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación 19, 20, 27 de octubre; MES DE NOVIEMBRE: 3, 10, 11, 14, 17, 18, 21,

    22, 24, 25, 29, 30 de noviembre; MES DE DICIEMBRE: 1°, 2, 5, 6, 7,

    12, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 23, 29 y 30 de diciembre…”.

    Al respecto, se indicó que “…Durante el año 2016 aquí

    analizado, los días que se detallan a continuación la firma ‘D. T. S.A.’

    habría superado el límite monetario de 1000 dólares diarios establecido por el régimen simplificado de C. de importación, conforme se encuentra acreditado por la información aportada por la AFIP DGA -y que se encuentra volcada en los cuadros reservados por Secretaría-,

    habiéndose registrado operaciones en un total de: MES DE ENERO: 4

    de enero: 3957,95 dólares, 6 de enero: 1947 dólares, 7 de enero: 1839,

    70 dólares, 11 de enero: 3777,20 dólares, 12 de enero: 1833, 40

    dólares, 13 de enero: 2745 dólares, 19 de enero: 2908,60 dólares, 20 de enero: 1935 dólares, 21 de enero: 2650 dólares, 27 de enero: 1922

    dólares; MES DE FEBRERO: 1 de febrero: 1816 dólares, 3 de febrero:

    1967 dólares; 4 de febrero: 1968 dólares; 5 de febrero: 2617,50

    dólares; 10 de febrero: 2937,65 dólares, 15 de febrero: 1969, 40

    dólares, 25 de febrero: 1981 dólares, 29 de febrero:2957, 60 dólares,

    MES DE MARZO: 3 de marzo: 2917 dólares, 4 de marzo: 1206,74, 7 de marzo: 1982, 50, 14 de marzo: 2961,80 dólares, 16 de marzo: 1989,95

    dólares, 17 de marzo: 2962,85 dólares, 18 de marzo: 1974, 40 dólares,

    21 de marzo: 1981,75 dólares, 29 de marzo: 1843 dólares; MES DE

    ABRIL: 4 de abril: 1975, 20 dólares, 6 de abril: 2935,60 dólares, 8 de abril: 1954,90 dólares, 25 de abril: 3966,85 dólares, 26 de abril: 1944

    dólares, 27 de abril: 1854, 15 dólares, 28 de abril: 2642,50 dólares;

    MES DE MAYO: 5 de mayo: 2922 dólares, 16 de mayo: 1973 dólares,

    20 de mayo: 1982 dólares, 23 de mayo: 2807,85 dólares; MES DE

    JUNIO: 6 de junio: 1987, 05 dólares, 8 de junio: 1978 dólares, 13 de junio: 1922, 20 dólares, 15 de junio: 1976, 30 dólares, 16 de junio:

    1988, 70 dólares, 29 de junio: 1993, 55 dólares; MES DE JULIO: 11 de julio: 1966, 60 dólares, 21 de julio: 1984,30 dólares, 22 de julio: 3983

    dólares25 de julio: 2966,70 dólares; MES DE AGOSTO: 1 de agosto:

    1924,60 dólares, 5 de agosto: 3975,60 dólares, 8 de agosto: 2972,60

    dólares, 9 de agosto: 1987,20 dólares, 10 de agosto: 2988,30 dólares,

    12 de agosto: 3970,05 dólares, 16 de agosto: 1982,75 dólares, 22 de agosto: 2964,15 dólares; MES DE SEPTIEMBRE: 9 de septiembre:

    2977 dólares, 12 de septiembre: 2976, 20 dólares, 22 de septiembre:

    Fecha de firma: 25/10/2023

    Alta en sistema: 26/10/2023

    Firmado por: F.G.S., SECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA

    1262,32 dólares, 29 de septiembre: 1985, 75 dólares; MES DE

    OCTUBRE: 18 de octubre: 1988,40 dólares, 19 de octubre: 3964,40

    dólares, 20 de octubre: 1987, 50 dólares, 27 de octubre: 1966, 40

    dólares; MES DE NOVIEMBRE: 3 de noviembre: 1913 dólares, 10 de noviembre: 1991, 25 dólares, 11 de noviembre: 2981, 45 dólares, 14 de noviembre: 2925,35 dólares, 17 de noviembre: 1988,20 dólares, 18 de noviembre: 3984 dólares, 21 de noviembre: 1991,50 dólares, 22 de noviembre: 2987,55 dólares, 24 de noviembre: 3977,05 dólares, 25 de noviembre: 3977, 50 dólares, 29 de noviembre: 1993,20 dólares, 30 de noviembre: 1984,75 dólares; MES DE DICIEMBRE: 1° de diciembre:

    2943,35 dólares, 2 de diciembre: 1994,50 dólares, 5 de diciembre:

    2988,25 dólares, 6 de diciembre: 1993,55 dólares, 7 de diciembre:

    2988,35 dólares, 12 de diciembre: 2985,50 dólares, 14 de diciembre:

    1988,50 dólares, 15 de diciembre: 5969,30 dólares, 16 de diciembre:

    3950,70 dólares, 19 de diciembre: 1990,20 dólares, 20 de diciembre:

    3224,40 dólares, 21 de diciembre: 1989,25 dólares, 22 de diciembre:

    2981,40 dólares, 23 de diciembre: 2982 dólares, 29 de diciembre:

    3977,35 dólares y 30 de diciembre: 3825,85 dólares…” (confr.

    considerando 62° de la resolución recurrida, la transcripción es copia textual del original; se prescinde del resaltado).

    Asimismo, con respecto a la imputación identificada como “B”, por la decisión impugnada el juzgado de la instancia anterior sostuvo que “…[t]ales guías habrían sido registradas mediante la declaración de datos falsos en el Sistema Informático MALVINA, y documentadas mediando facturación falsa a los efectos de fraccionar cada una de las operaciones…Dichas circunstancias tuvieron la finalidad de simular no superar los límites establecidos por el Régimen de courier…Ello teniendo en cuenta que durante ese año se produjeron por un lado ingresos diarios de mercadería por montos muy superiores a los permitidos por el régimen de courier de importación utilizado…De otro lado, se produjeron ingresos de mercaderías, que habrían sido subdivididos en varias operaciones oficializadas en distintas solicitudes particulares, a los fines de no exceder el límite de 1000 dólares diarios establecido para el régimen de C. de importación, circunstancias que se evidencian a partir de la utilización de facturas falsas, conforme la información que surge a partir del Sistema MALVINA…Asimismo,

    conforme la información que surge del sistema M. (ver cuadro Fecha de firma: 25/10/2023

    Alta en sistema: 26/10/2023

    Firmado por: F.G.S., SECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: R.E.H., JUEZ DE...

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