Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 21 de Mayo de 2020, expediente FMZ 041840/2019/3/CA001
Fecha de Resolución | 21 de Mayo de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A
FMZ 41840/2019/3/CA1
Mendoza, de de 2020.
VISTOS:
Los presentes autos FMZ 41.840/2019/3/CA1 caratulados
LEGAJO DE APELACIÓN DE MARÍA DE LOS ÁNGELES
DOMINGUEZ S/ INF. LEY 23.737
, venidos a esta S. “A” provenientes
del Juzgado Federal de San Luis –Secretaria Penal, en virtud la actividad
recursiva –in pauperis impetrada por la imputada D. fs. 66, contra
la resolución mediante la cual se dispuso su procesamiento en orden al delito
de tenencia simple de estupefacientes, previsto y reprimido en el art. 14 –
inciso 1º de la Ley 23.737 –fs. 53/65.
Y CONSIDERANDO:
I.I. los presentes actuados a partir de la información
recibida por parte de la División de Lucha contra el Narcotráfico de la Policía
de San Luis, el pasado 05 de septiembre del año 2019, a raíz de la cual se puso
en conocimiento sobre el arribo de una pareja en un ómnibus de larga
distancia, desde la provincia de Mendoza hacia la localidad de Quines
provincia de San Luis, quienes transportarían material estupefacientes con
fines de comercialización.
Además, se detallaron las características físicas de los pasajeros en
trato (una mujer de 30 años aproximadamente, 1,60 metros de estatura,
contextura física delgada y de cabello rubio; y un hombre de 35 años
aproximadamente, 1,65 metros de estatura, contextura física robusta), como
también, que se trasladarían en un colectivo de la empresa “El Rápido”, el que
arribaría alrededor de las 8:30 horas del aludido día.
Con tal piso, y habiéndose dispuesto un dispositivo de la vigilancia
en la terminal de ómnibus en cuestión, se observó la llegada del vehículo
sindicado, del cual descendió una pareja con las señas particulares antes
precisadas. Luego de un discreto seguimiento, se procedió a interceptarlos en
la intersección de la Avda. Presidente P. y calle S.M.; y en presencia
Fecha de firma: 21/05/2020
Firmado por: G.E.C. DE DIOS, Juez de Cámara Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA
Firmado(ante mi) por: NAHUEL A.B., Secretario Federal #34235479#258914555#20200512100250709
de los correspondientes testigos hábiles, se realizó la correspondiente
identificación, resultando ser M.D.F. y M. de los Ángeles
D..
Asimismo, de la requisa personal efectuada en ese momento, se
logró el hallazgo, en el bolsillo frontal de la mochila que llevaba F., de
un envoltorio de nylon color blanco, con sus extremos anudados, que
resguardaba una sustancia preliminarmente calificada como clorhidrato de
cocaína (31,4 gramos).
Por su parte, la encartada D. quedó desafectada de las
diligencias llevadas a cabo por el personal interviniente, dado que no se le
halló elemento de interés. Sin perjuicio de ello, la nombrada quedó a
disposición de la Comisaría Nro. 15 de la localidad de Quines, en orden a lo
previsto en el Ley Orgánica Policial N° X0981/2017, Artículo 10, Inciso “B”
Averiguación antecedentes y medios de Vida.
En virtud de ello, y al pretender iniciar la...
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