Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 1 - SECRETARIA, 18 de Octubre de 2019, expediente FLP 032848/2017/TO01/3

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 1 FLP 32848/2017/TO1/3 La Plata, de octubre de 2019.

AUTOS Y VISTO: el presente incidente n° FLP 32848/2017/TO1/3,

caratulado: “LÓPEZ, W.H. s/ Legajo de Ejecución Penal” y, CONSIDERANDO:

  1. Que la presente incidencia viene a mi conocimiento, a fin de resolver la

    solicitud de aplicación de las disposiciones del estímulo educativo efectuada in

    pauperis por W.H.L., quien se encuentra actualmente alojado en la

    Colonia Penal de Viedma (véase fojas 49/50).

    En tal sentido, señaló como fundamentos “…Por haber cursado y aprobado

    el segundo ciclo primario año lectivo 2017 (1 mes) Por haber terminado los

    estudios primarios (2 meses) Por haber cursado el ciclo de estudios de verano Año

    2018 (1 mes) Por haber terminado los estudios secundarios (3 meses). Por haber

    cursado y aprobado el curso de formación profesional Año 2018 con 70 horas

    cátedra de aprendizaje musical (1 mes).

  2. Así las cosas, se solicitaron los informes respectivos a la Unidad de

    alojamiento del encartado, habiendo remitido el J. de la Sección Educación

    U.12 el correspondiente informe.

    Allí se dijo “Esta Sección Educación informa que el interno ingresó en

    fecha 04/08/2018. Al momento de su entrevista manifestó:

    • Haber culminado el Nivel Primario en su vida libre (NO obra

    documentación en su legajo educativo).

    • Haber cursado hasta 3er año del Nivel Medio, adeudando

    materias, en su vida libre, en el E.E.S. Nº 40 –La Matanza Buenos Aires y en el

    Colegio Nacional y Comercial Nº 2 –Salta (obra documentación en su legajo

    educativo).”

    Asimismo se informó que “Toda la documentación escolar

    presentada fue enviada a las autoridades del C.E.N.S. Nº 8 –Anexo 1, U. 12 de la

    Ciudad de Viedma para ser evaluada, las cuales determinaron que el interno de

    marras debía rendir y aprobar únicamente M. de 3er. Año. Por tal

    motivo y de común acuerdo con el interno, para el Ciclo Lectivo 2018 se lo

    inscribió para rendir dicha asignatura correspondiente a 3er. Año del Nivel

    Medio, dependiente del C.E.N.S. Nº 8 –Anexo I, U. 12 de la Ciudad de Viedma, la

    Fecha de firma: 18/10/2019 Alta en sistema: 23/10/2019 Firmado por: N.T., JUEZ SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: M.N.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #32221641#246520328#20191008141911928 cual rindió y aprobó, en fecha 17/12/2018, egresando de esa manera de dicho

    Nivel (obra documentación en su legajo). Es dable destacar que el interno en

    cuestión ha realizado el Nivel Primario y el Nivel Medio en su vida libre a

    excepción de la materia de M. de 3er. año, la cual aprobó mediante un

    examen (intramuros) durante el Período Lectivo 2018. Para el presente Ciclo

    Lectivo se encuentra afectado al Curso de Formación Profesional de

    Peluquería

    , al cual asiste de manera regular. Así mismo se informa que el

    interno de marras no ha realizado ningún curso de Formación Profesional en

    contexto de encierro. Por lo antes mencionado, y quedando a consideración de

    vuestra Señoría la aplicación del inciso: d) Por Estudios Secundarios”.

    Por su parte, se remitió copia del analítico donde se

    expresan las calificaciones correspondientes a cada año lectivo, manifestándose

    El/la alumno LOPEZ, W.H., con tipo de documento DNI Nº

    22.983.922, obtuvo el TÍTULO de PERITO AUXILIAR EN RELACIONES

    HUMANAS que se corresponde con EDUCACION SECUNDARIA

    COMPLETA…VALIDEZ NACIONAL otorgada por: RESOLUCIÓN

    MINISTERIAL Nº 116/2017. Fecha de Egreso: 20 de diciembre de 2019. Libro

    M. Nº 11 Acta NºFolio Nº 073. Otorgado en localidad de Viedma provincia

    de RIO NEGRO, República Argentina, el día 03 de Abril de 2019.

  3. Que al contestar la vista conferida al Ministerio Público F., el F.

    General interino ante este Tribunal, H.I.S., luego de hacer referencia

    a lo informado por la Sección Educación de la Colonia Penal de Viedma en

    cuanto citó lo manifestado: ”ha realizado el Nivel Primario y el Nivel Medio en

    su vida libre a excepción de la materia de M. de 3er año, la cual aprobó

    mediante un examen (intramuros) durante...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR