Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 18 de Diciembre de 2018, expediente FSA 016731/2016/TO01/3

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY 16731/2016 Legajo Nº 3 - IMPUTADO: RIVERA, C.F. s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL San Salvador de Jujuy, 18 de diciembre de 2018.

AUTOS Y VISTOS: Los de éste Expte. N° FSA 16731/2016/TO1/3

caratulado: “RIVERA, C. F. S/Legajo de Ejecución Penal” del

registro de este Juzgado de Ejecución de Sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal

Federal de Jujuy, y CONSIDERANDO:

  1. La Unidad N° 22 del Servicio Penitenciario Federal remitió mediante Nota

    N° 2644/2018 informes del interno C. F. R. respecto a la

    posible ampliación del beneficio contemplado en el art. 140 de la ley 26.695

    (estímulo educativo) fs. 262/268.

  2. Que a fs. 264/266 se encuentran agregadas constancias de que el interno

    1. en el Ciclo 2018 cursó y aprobó el Taller Cultural y

    Artístico “Ejecución de Instrumentos Andinos” (fs. 264); Taller de Formación

    Profesional “Artesanías en Madera” (fs. 265) (Curso Anual Presencial Ministerio

    de Educación de la Provincia de Jujuy) y Taller Recreativo de “Folklore” (fs. 266).

    Asimismo, a fs. 263 y 267/268 se agregaron informes remitidos por la Unidad N° 22

    del Servicio Penitenciario Federal en relación a la aplicación del Estímulo Educativo

    por estudios realizados por el interno. De éstos surge que el nombrado, en el Ciclo

    Lectivo 2018, cursó y aprobó el Taller Cultural y Artístico “Ejecución de

    Fecha de firma: 18/12/2018 Alta en sistema: 19/12/2018 Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: AMELIA P.P., SECRETARIO DE JUZGADO #31588845#224329625#20181218084548226 Instrumentos Andinos”; Taller de Formación Profesional “Artesanías en Madera”

    ambos dictados por el Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy, Área

    Coordinación de Educación en Contexto de Encierro, aclarando que los Talleres se

    dictan dentro del establecimiento carcelario, son de cursado anual, dando inicio a las

    clases en el mes de marzo y finalizando en el mes de diciembre, los talleres conllevan

    una carga horaria 600 hs. reloj su equivalente a 900 hs. cátedras., el equivalente a 15

    hs. semanales. En el Ciclo 2018 participó del Taller Recreativo de Verano de

    Folklore

    asiste y participa regularmente de actividades deportivas, recreativas y

    culturales. C. regularmente a la Biblioteca.

    Mediante acta N° 148/2018 el Consejo Correccional de la Unidad N° 22 del

    Servicio Penitenciario Federal, dictamina de manera positiva propiciar lo solicitado

    por el Juzgado de Ejecución Penal para la aplicación de lo dispuesto por el art. 140 de

    la ley 24.660 (fs. 268).

  3. El interno se encuentra transitando el Periodo de Prueba del Período de

    Tratamiento del Régimen de Progresividad Penitenciaria desde el 10/09/2018 y

    registra como calificación de conducta ejemplar diez (10) y concepto muy bueno siete

    (07) (fs. 267).

  4. Corrida vista a la Sra. Fiscal General S., esta dictamina a fs. 270,

    que existen constancias de que el interno cursó y aprobó en el Ciclo Educativo 2018

    Taller de Profesional “Ejecución de Instrumentos Andinos” (fs. 264) y “Artesanías en

    Madera” (fs. 265); que existe Acta del Consejo Correccional en la que se expiden de

    manera positiva por lo que no tiene reparos a que se conceda el Estímulo Educativo

    ...

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