Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 9 de Enero de 2020, expediente FGR 042009042/2012/TO01/22

Fecha de Resolución 9 de Enero de 2020
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 42009042/2012/TO1/22 Legajo Nº 22 - IMPUTADO: ULLUA, CARLOS s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL General Roca, 9 de enero de 2020.-

AUTOS Y VISTOS:

La presente causa caratulada: “Legajo Nº

ULLUA, C.s.(.. Nº FGR 42009042/2012/T01/22), puesta a despacho para resolver, y; CONSIDERANDO:

  1. Que mediante presentación de fs. 308 el interno C.U. solicitó, a través del Ministerio Público de la Defensa, el beneficio de la Libertad Asistida en base a que en la fecha se encuentra en condiciones de acceder al misma el día 10 de noviembre de 2019.-

  2. Al respecto, la Colonia Penal de Ezeiza U19 del Sistema Penitenciario Federal, lugar donde se encuentra alojado el interno, por A.N.6., tras analizar la situación legal y penitenciaria del causante y en atención a lo informado por las distintas áreas del tratamiento, ese cuerpo colegiado se expide por unanimidad de criterios en sentido favorable a la concesión del instituto de la Libertad Asistida.

    Consecuente con ello, se anexaron al presente legajo actuaciones labradas por Complejo Penitenciario Federal, relacionadas con la incorporación del interno al régimen de Libertad Asistida, fijando como domicilio en La Yerra Nº 2164 F.Á., M., Fecha de firma: 09/01/2020 Firmado por: A.A.S., JUEZ DE EJECUCIÓN PENAL Firmado(ante mi) por: L.P.G., S. #29741697#253894162#20200109081555958 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 42009042/2012/TO1/22 Provincia de Buenos Aires, lugar donde reside su esposa y referente, la señora M.J.S., ello conforme el informe practicado por la Sección de Asistencia Social a fs. 312vta/314, área que se expide en forma favorable a la solicitud de libertad condicional, no teniendo objeciones que formular en relación, haciendo saber que el causante cumple con los guarismos necesarios para acceder al presente beneficio invocado.

    El domicilio fijado es el mismo de sus Salidas Transitorias, y su referente propuesta es la misma también a dicho beneficio.

    Siguiendo con lo actuado por el complejo, la Sección del Servicio Criminológico hace saber que e expide de manera FAVORABLE respecto al beneficio de Libertad Asistida, siendo que tal beneficio serviría para una integración social efectiva. (fs. 314 vta.)

  3. Conferida vista de rigor a la Fiscalía General, su titular interina, doctora G.D., manifestó en su Dictamen Nº 08/2020, que “comparte los fundamentos vertidos por el Servicio penitenciario Federal, Colonia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR