Sentencia de Sala A, 30 de Septiembre de 2014, expediente CPE 000014/2008/219

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2014
EmisorSala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA ta, 30 de septiembre de 2014.

AUTOS Y VISTO:

Este incidente Nº FSA 52001749/2012/8/CA3 “Excarcelación solicita GIMÉNEZ, L.H.”, con trámite en el Juzgado Federal de Orán, y RESULTANDO:

  1. Que se elevan a esta Alzada las actuaciones de referencia en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Federal a fs. 20/22 en contra del auto de fs. 12/14, por el que se concedió la excarcelación a L.H.G. bajo caución juratoria.

    Para así resolver, el a quo tuvo en cuenta el estado de las actuaciones, la escasa cantidad de droga secuestrada, el tiempo de detención, la carencia de antecedentes penales y la circunstancia de que el imputado tiene su lugar de residencia en la jurisdicción.

  2. Que el F. General en su presentación de fs. 26/29 y vta., ratificando lo argumentado por el apelante a fs. 20/22 estimó que debe revocarse el auto por el que se concedió la excarcelación a L.H.G., teniendo en cuenta la severidad de la pena prevista para el delito por el que fue procesado, lo que impediría una condena de ejecución condicional (art. 26 del Código Penal), a lo que se suma el estado actual de la causa, los antecedentes condenatorios que registra, y los informes de fs. 369 y 411 de los que surge que mientras estuvo detenido en la cárcel observó un mal comportamiento, todo lo cual consideró con entidad suficiente para presumir que intentará eludir el accionar de la justicia o entorpecer las investigaciones.

    Fecha de firma: 01/10/2014 Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH

  3. Que el Defensor Oficial del imputado, a fs. 31 expresó conformidad con lo resuelto, y que la postura adoptada por los representantes del Ministerio Público Fiscal carece de fundamentación, limitándose a expresar una opinión diferente a lo solicitado a fs. 12/14, solicitando que no se haga lugar al recurso de apelación interpuesto.

    CONSIDERANDO:

  4. Que llegado el momento de resolver y teniendo en cuenta los elementos de juicio obrantes en la causa principal y los del presente incidente, cabe adelantar que el beneficio de excarcelación que le fuera concedido a L.H.G. debe revocarse en razón de comprobarse la existencia de riesgo procesal.

    Se arriba a esta conclusión, en primer término, teniendo en cuenta la naturaleza y la gravedad del hecho investigado, como así tambien la pena prevista para el delito por el cual fue procesado el encartado -tenencia de...

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