Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 11 de Julio de 2018, expediente CFP 004171/2016/2/CFC002

Fecha de Resolución11 de Julio de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CFP 4171/2016/2/CFC2 REGISTRO Nro: 839/18.4 la ciudad de Buenos Aires, a los 11 días del mes de julio del año dos mil dieciocho, se reúne la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal integrada por el doctor M.H.B. como presidente, y los doctores J.C.G. y G.M.H. como Vocales, asistidos por el secretario actuante, a los efectos de resolver el recurso de casación de fs. 31/34vta. de la presente causa nro. 4171/2016/2/CFC2 del registro de esta Sala, caratulada: “E., R.D. s/recurso de casación”; de la que RESULTA: I. Que la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de esta ciudad, con fecha 19 de diciembre de 2017, dispuso, en lo que aquí interesa, confirmar la resolución del juez de primera instancia que no hizo lugar a la pretensión de R.E. de ser aceptado como parte querellante y declarar abstracta su apelación contra la desestimación ordenada por dicho magistrado (Cfr. fs. 29). II. Que contra la resolución de fs. 29 el doctor J.I.C., apoderado del pretenso querellante, R.D.E., interpuso recurso de casación, que fue concedido a fs. 37 y mantenido a fs. 40.

Fecha de firma: 11/07/2018 Firmado por: M.H.B., JUEZ CAMARA CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #30936071#211092975#20180711142059131 III. Que el recurrente, luego de relatar los antecedentes de la presente causa, explicó en su recurso que a su entender R.E. debe ser tenido como parte querellante al ser un ciudadano perseguido por la Oficina Anticorrupción (en adelante, O.A.).

Entendió que en el caso debe investigarse el accionar de L.A., titular de la O.A. no sólo en su faz omisiva –ausencia de persecución a funcionarios afines-, sino también comisiva –

persecución selectiva que pesa sobre R.E.-.

Consideró la existencia de un “cambio de circunstancias” desde su presentación anterior -en la cual también había solicitado ser tenido como querellante-, que estaría dado por “la pretensión formal del fiscal de mayor rango del caso que, explícitamente, pretende se investigue el direccionamiento de las investigaciones” de la O.A.

Asimismo, el impugnante consideró que se modificó el escenario valorado oportunamente debido a los nuevos hechos imputados al funcionario de la O.A. I.M.I.. Al respecto, entendió

que el nombrado se presentó en la causa aportando información y haciendo consideraciones materiales que fueron utilizadas por L.A., incumpliendo con el requerimiento del tribunal interviniente, lo que según la parte constituye el delito de “peculado de servicios”.

Hizo reserva del caso federal.

Fecha de firma: 11/07/2018 Firmado por: M.H.B., JUEZ CAMARA CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #30936071#211092975#20180711142059131 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CFP 4171/2016/2/CFC2 IV. A fs. 42/43vta., durante el término de oficina, se presentó el representante del Ministerio Público Fiscal ante esta instancia, doctor J.A. de L., quien se remitió al dictamen que efectuara con fecha 11 de mayo de 2017 (Nro. 11074)

en otro incidente de estos mismos actuados –CFP 4171/2016/1/CFC1-. V. Que superada la audiencia prevista en los arts. 465, último párrafo y 468 del C.P.P.N., oportunidad en la cual comparecieron los doctores M.L. en representación del pretenso querellante, R.D.E. y la doctora M.E.N. asistiendo a L.A., de lo que se dejó constancia en autos (Cfr. fs. 51), quedaron las actuaciones en estado de ser resueltas.

Efectuado el sorteo de ley para que los señores jueces emitan su voto, resultó el siguiente orden sucesivo de votación: doctores M.H.B., G.M.H. y J.C.G..

El señor juez doctor M.H.B. dijo: I. A fin de dar respuesta al recurso de casación impetrado, corresponde recordar que, tal como fue fijado por el “a quo” oportunamente, el objeto procesal a investigar en las presentes radica “en...

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