Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 2 de Noviembre de 2023, expediente CFP 000067/2021/2/CA001

Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2023
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación SALA

  1. CFP 67/2021/2/CA1

    W. W. s/ procesamiento y embargo

    Juzgado Federal n° 11. Secretaría n° 21.

    Buenos Aires, 2 de noviembre de 2023.

    Y VISTOS

    Y CONSIDERANDO:

    I.L. estas actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud de la apelación interpuesta por el Dr. F.G.B., contra el pronunciamiento que dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de su asistido W. W. por considerarlo prima facie autor penalmente responsable de los delitos de uso de documento público falso destinado a acreditar la habilitación para circular un vehículo automotor y encubrimiento por receptación,

    conductas que concurren idealmente entre sí (artículos 45, 54, 296 en función del artículo 292 segundo párrafo y 277 inciso “c”, todos del Código Penal) y trabó

    embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de ochocientos mil pesos ($800.000).

  2. La defensa técnica, por los motivos expuestos en su presentación, alegó la ausencia de elementos de cargo que permitan tener por acreditado el aspecto subjetivo de los delitos que le fueron enrostrados a su asistido.

    Con base en ello, peticionó en definitiva se dicte el sobreseimiento del nombrado.

    Subsidiariamente, impugnó el monto fijado en concepto de embargo por considerarlo excesivo solicitando su reducción.

  3. Las actuaciones se iniciaron el día 21 de diciembre de 2021

    a raíz del procedimiento llevado a cabo por personal del Departamento Motorizada de la Policía de la Ciudad, mientras recorría la jurisdicción de la Comisaría vecinal 3A. En esa ocasión, se observó alrededor de las 19:30 horas, un vehículo Marca Fecha de firma: 02/11/2023

    Alta en sistema: 03/11/2023

    Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: P.G.L., PROSECRETARIO DE CAMARA

    M.B. dominio XXX-XXX que circulaba por la Av. P., doblar bruscamente hacia la arteria A., circunstancia que motivó la detención de su marcha.

    Fue así que la prevención realizó una identificación de rutina, resultando ser W. W. el conductor del rodado, quien aportó sus datos filiatorios y exhibió su licencia de conducir junto con una cédula azul atribuida al dominio XXX-XXX a nombre de otra persona que, a simple vista, no contenía las medidas de seguridad propias que hacen a su legalidad. Además, se constató que dicho dominio pertenecía a un titular distinto al reflejado en la cédula.

    Consecuentemente, se procedió a la aprehensión del imputado y al secuestro de la documentación y del vehículo (ver el testimonio inicial del oficial mayor L. M. C. y demás constancias incorporadas al sumario policial que se encuentra digitalizado).

    Con el devenir de la pesquisa, se verificó que la chapa patente colocada no correspondía a ese automotor y que a su vez, no poseía las características de seguridad dispuestas por la D.N.R.P.A. Además, los números de chasis y motor -ambos originales- pertenecían a otro vehículo de la misma marca y modelo, inscripto con el dominio “XXX-XXX” el cual registraba denuncia de hurto de fecha 9 de febrero de 2017 realizada ante la comisaría Tigre Seccional Primera y radicada en el Juzgado de Garantías n° 2 del departamento judicial de San Isidro,

    causa n° PP-14-10-000347-17.

    Se constató también que los cristales se encontraban pulidos y regrabados los dígitos de la patente que llevaba colocada (ver informes periciales y técnicos llevados a cabo por la fuerza preventora y las distintas consultas relativas al dominio agregadas al expediente digital).

    Por otra parte, efectuado el estudio de la especialidad sobre la cédula azul exhibida, la División Investigación Documental de la Policía de la Ciudad concluyó que es falsa.

    En lo que respecta al descargo formulado por W. W., éste alegó que un asiduo cliente suyo de cuando tenía un supermercado en la Av. J. B. J.,

    de nombre “L.”, le dijo que un amigo quería vender un auto muy barato y ante su Fecha de firma: 02/11/2023

    Alta en sistema: 03/11/2023

    Firmado por:...

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