Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 4 de Septiembre de 2023, expediente FRE 000728/2023/2/CA002

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II

FRE 728/2023/2/CA2

La Plata, 5 de septiembre de 2023.

VISTO: este expediente FRE 728/2023/2/CA2

caratulado: “R L A S/ LEGAJO DE APELACIÓN”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 de Lomas de Zamora.

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa particular de L A

    R, contra la resolución de fecha 14 de marzo de 2023

    mediante la cual el Juez Federal de Formosa dispuso el procesamiento con prisión preventiva de L A R, por considerarlo prima facie coautor del delito de secuestro extorsivo, previsto y reprimido en el art.

    170 del Código Penal y de conformidad a lo establecido en el art. 312 del CPPN, arts. 210, 220 y 221 de CPPF.

    Asimismo, mandó a trabar embargo sobre los bienes del nombrado hasta cubrir la suma de un millón de pesos ($1.000.000) y finalmente declaró la incompetencia territorial de ese juzgado y remitió las actuaciones al Juzgado Federal en turno de Lomas de Zamora.

  2. Resulta oportuno realizar una breve síntesis de los hechos objeto de autos, conforme a las constancias de la causa.

    Del acta de procedimiento labrada por el personal de la Sección Núcleo, dependiente del Escuadrón 16 de Gendarmería Nacional, localidad de Clorinda, Provincia de Formosa, surge que el día 16 de febrero de 2023, siendo aproximadamente las 07:45 hs.

    se acercó al puesto de control de ruta 11 “Gendarme F

    R” un ciudadano mayor de edad, llamado V F A, quien le refirió al Cabo 1° E R O que su hijo, A A A, habría sido secuestrado en la Provincia de Buenos Aires y que estaría viajando a la ciudad de Clorinda en un vehículo “GOL NEGRO”, retirándose luego el ciudadano a la seccional Núcleo a radicar la denuncia.

    Una vez allí, V F A denunció que el día anterior había recibido un mensaje de WhatsApp de su Fecha de firma: 04/09/2023

    Alta en sistema: 05/09/2023

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

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    FRE 728/2023/2/CA2

    hijo A A desde su teléfono particular solicitándole una foto de su documento, situación que le llamó la atención, pero al tratarse de su hijo, accedió al pedido. Refirió que trascurrido un tiempo, su otro hijo, A A A (integrante de Gendarmería) le había dado la noticia de que A A se encontraba secuestrado por personas que desconocía. Luego de ello, a las 18:20

    horas aproximadamente, recibió un mensaje de WhatsApp del número XXXXXX quien se presentó como su hijo A

    exponiendo que se estaría trasladando a la provincia de Formosa, y que pensaba que ese día se moriría,

    situación que le llamó la atención, pero sobre la cual no quiso ahondar en preguntas por temor a que pudieran tomar represalias con su hijo.

    Así fue que ante la sospecha fehaciente de que su hijo se encontraba secuestrado decidió avisar a los gendarmes del control de F R, localidad de Clorinda, para que estuviesen atentos y que si su hijo pasaba por allí con otra persona, se lo detuviera ya que podría ser un secuestro.

    Consultado sobre si alguna persona había tomado contacto con él para solicitarle dinero para la liberación de su hijo A A, dijo que no, pero que sí

    tomaron contacto con su hijo AA A solicitándole la suma de seis millones de pesos.

    Ante ello, el personal de la Sección Núcleo se puso en contacto con el Jefe de la Sección Antidrogas “Clorinda” de Gendarmería Nacional, y tras corroborar la información recibida, alertaron a los controles sobre el caso de un cuidado de nombre A A A,

    que podría ser víctima de privación ilegítima de la libertad a mano de terceros desconocidos y podría tener intenciones de pasar por el control de ruta,

    Gendarme F R

    a bordo de un vehículo marca Volkswagen gol color negro.

    Surge del acta de procedimiento mencionada,

    que siendo aproximadamente las 9:20 horas, arribó al control de ruta mencionado un automóvil con similares características a las brindadas por el denunciante,

    Fecha de firma: 04/09/2023

    Alta en sistema: 05/09/2023

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

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    por lo que el gendarme que se encontraba en el puesto,

    le indicó al conductor del vehículo que detuviera la marcha y se ubicara a la vera de la ruta a los fines de efectuar el control de la documentación de rutina.

    Una vez allí, le solicitó al conductor del vehículo la licencia de conducir, pudiendo corroborar que se trataba de A A A, cuyos datos personales coincidían con los brindados por el denunciante, por lo que el personal a cargo del procedimiento profundizó aún más el control, solicitándole la cédula del automotor,

    pudiendo constatar que el vehículo figuraba a nombre de L A R, quien se encontraba dentro del vehículo, en el asiento del acompañante.

    Mientras realizaban el control, L R habría expresado de manera espontánea que se dirigían desde la Provincia de Buenos Aires hacia la cuidad de Clorinda para retirar un dinero y que luego regresarían a Buenos Aires. Al revisar el vehículo,

    los gendarmes pudieron advertir que solo uno de ellos tenía celular y que no llevaban equipaje, lo que les resultó llamativo y dejaron constancia de ello en el acta.

    Siempre según el acta, el personal de gendarmería le habría solicitado a los ocupantes del vehículo que se trasladaran hasta la guardia de prevención a los fines de realizar la compulsa de antecedentes.

    En esa oportunidad, el gendarme que los acompañó pudo advertir que A A tenía morado el ojo izquierdo y un apósito de color blanco cubriéndole el brazo derecho. Por ese motivo, y como medida preventiva, decidió separarlos, alojándolos en diferentes sectores, retirarle el teléfono celular a L

    A R y anoticiando a la Fiscal Federal de lo acontecido.

    Habiendo tomado conocimiento de lo sucedido,

    el titular del Juzgado Federal n° 1 de la cuidad de Formosa, ordenó la detención de L A R, la requisa y el secuestro del rodado, el secuestro del teléfono de R y Fecha de firma: 04/09/2023

    Alta en sistema: 05/09/2023

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

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    la extracción de la información de interés de ese dispositivo, la realización de un informe médico pericial respecto de A y R, y dispuso la intervención de profesionales para dar contención a la presunta víctima (fs. 1 del Sistema Lex 100).

  3. De la requisa efectuada sobre el rodado,

    surge que se encontró: en el sector delantero del lado del acompañante, un cuchillo marca “TRAMONTINA” de hoja lisa, con la leyenda “INOX STAINLESS BRAZIL” y mango de madera color marrón; en el asiento trasero,

    un pantalón tipo cargo, de color negro, sin marcas visibles, talle 40, con restos de manchas símil hemáticas, en estado seco, un par de zapatillas “Topper” talle 43 color negro, con sus respectivos cordones color negro; debajo del asiento del conductor se halló un cinto de cuero color marrón y hebilla plateada, marca “L.´s”, una barra de hierro de 50

    centímetros de largo; en el sector del torpedo se halló dinero en efectivo, todo lo cual fue secuestrado.

  4. Por otro lado, se puede ver que el personal de Gendarmería tomó fotos de los teléfonos celulares de los familiares de la víctima A A, V F A,

    quienes de manera voluntaria brindaron sus claves de seguridad para poder extraer la información de interés para la causa.

    En las imágenes mencionadas se observan las distintas conversaciones mantenidas entre A A –hermano de la víctima- y D N –pareja de la víctima- al momento de los hechos, y también los mensajes enviados posteriormente por A A desde el celular perteneciente a L R tanto a su hermano A A como a su padre V F A.

  5. Una vez recibidas las actuaciones en el Juzgado Federal N° 1 de Formosa, el juez corrió vista a la F.F., quien entendió que el juez debía declinar la competencia de ese fuero de excepción y remitir las actuaciones a la justicia ordinaria de la Provincia de Buenos Aires, en virtud de que había sido allí donde se había iniciado el hecho.

    Fecha de firma: 04/09/2023

    Alta en sistema: 05/09/2023

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

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  6. El juez Federal de Formosa, coincidió con el criterio del Fiscal, declinó su competencia y envió

    las actuaciones al titular del Juzgado de Garantías n°

    5 de Lomas de Z..

  7. Sin embargo, este último no aceptó la competencia atribuida, pues consideró que los hechos constituían el delito de secuestro extorsivo, razón por la cual resultaba competente el fuero federal (art. 170 del C.P.) y le devolvió las actuaciones a su antecesor.

  8. Una vez devueltas, y como en el marco de las actuaciones había una persona detenida, el juez federal de Formosa resolvió reasumir momentáneamente la competencia y continuar con el trámite de la causa.

    Fue así que, con fecha 22 de febrero de 2023,

    tomó declaración testimonial a A A A –víctima-, A A A

    –hermano de la víctima- V F A-padre de la víctima-, AA

    A A- hermano de la víctima (fs. 15 del Sistema lex100).

    En esa oportunidad, A A A manifestó que el día 15 de febrero de 2023 aproximadamente a las 11

    horas, había ido a la maderera propiedad de L A R,

    ubicada en la calle M C, de la localidad de Glew,

    partido de Almirante Brown, provincia de Buenos Aires,

    a bordo del vehículo Toyota Ethios de color blanco,

    patente XXXX, en compañía de un empleado de nombre J

    F, con el fin de renegociar una deuda dineraria que tenía con una persona llamada “P”,...

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