Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 27 de Marzo de 2023, expediente CFP 001222/2022/2/CA001

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2023
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

CFP 1222/2022/2/CA1

CCCF – Sala I

CFP 1222/22/2/CA1

H., C. F. y otros s/ legajo de apelación

Juzgado N° 8 - Secretaría N° 15

cn° 61.707 - L.P.

Buenos Aires, 29 de marzo de 2023.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

I. Llegan las actuaciones a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de S. N. N. y C. L. L.

contra el decisorio del 24 de febrero pasado, por el cual el magistrado de grado decretó el procesamiento sin prisión preventiva de los nombrados por considerarlos penalmente responsables de los delitos de robo cometido en poblado y en banda en grado de tentativa (167

inc. 2° en función del art. 164 y 42 del CP), en concurso real con los delitos de encubrimiento agravado con ánimo de lucro (conf. art. 277,

inc. 1° c e inc. 3° b) y uso de documentos públicos falsos, los cuales concurren de manera ideal entre sí (art. 296 en función del art. 292, 2°

párrafo); todos en calidad de coautor (arts. 45, 54 y 56 del CP y arts.

306 y 310 del CPPN), trabando embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de setenta mil pesos ($70.000).

II. En concreto, se les imputó a los nombrados respectivamente el “haber exhibido el día 16/04/2022, junto(…) al Sr. C. F. H., aproximadamente a las 12 horas, al personal policial de la Comisaría Vecinal 2 A de la Policía de la Ciudad, en ocasión de ser detenido en la Av. Alvear 1345 de esta ciudad, una cédula de identificación del vehículo individualizada como ARJ30180 atribuida al Dominio XXX-XXX, titular C. S.A., que posteriormente mediante informe pericial 380/2022 de la División Investigación Policial de la Fecha de firma: 27/03/2023

Alta en sistema: 29/03/2023

Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.V.T., SECRETARIA DE CAMARA

Policía de la Ciudad, se determinó que era apócrifa. Cabe indicar que, momentos previos a la detención de los nombrados, el mencionado personal policial advirtió la presencia de un sujeto, a quien luego se identificó como C. F. H., que se encontraba parado junto a un vehículo marca Toyota Corolla color gris plata, Dominio XXXXXXX, estacionado en la Av. A. al llegar a su intersección con la calle Libertad de esta ciudad, y jalaba la manija de la puerta delantera izquierda, mientras miraba a todos lados. Al advertir la presencia policial, dicho sujeto se dirigió rápidamente por la Av.

  1. hacia la intersección con la calle Cerrito de esta ciudad, y abordó una camioneta Ford Ranger con dominio colocado XXX-XXX,

del lado del conductor. En el interior de la camioneta, se encontraban S. N. N. (asiento delantero lado acompañante) y C. L. L.

(asiento del medio en la parte trasera del rodado). Asimismo, se le imputa haber tenido en su poder junto a (…), a sabiendas de su procedencia ilegítima y con ánimo de lucro, al menos con anterioridad al día 16/04/2022, la camioneta marca Ford modelo R. color gris, con dominio colocado XXX-

XXX. Conforme la verificación de chasis y motor realizados sobre la misma -informe pericial N° 271/2022- se determinó que su numeración de chasis -N°

XXXXXXXXXXXXXXXXX- y de motor -N° XXXXXXXXXXXX-, poseen características de originalidad y corresponden al Dominio XXX-XXX,

cuya titularidad pertenece a C. R. C., a quien le fue sustraída por parte de sujeto/s no determinado/s el día 5/04/2022. A su vez, luego se estableció mediante informe pericial N° 271/2022 del Area Técnica Vehicular y Revenido Químico de la Policía de la Ciudad que los cristales del vehículo en cuestión se hallaban adulterados, y que los stickers de seguridad y el VIN público, son apócrifos. De igual modo, el informe pericial N° 885/2022 confeccionado por la División Investigación Documental de la Policía de la Ciudad concluyó que las chapas patentes con el Dominio XXX-XXX, son falsas. También se le imputa haber tenido en su poder junto con (…),

el día 16/04/2022, a las 12 horas aproximadamente, un equipo Fecha de firma: 27/03/2023

Alta en sistema: 29/03/2023

Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.V.T., SECRETARIA DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

CFP 1222/2022/2/CA1

portátil de comunicación de los denominados inhibidores de radiofrecuencia, de color negro, con la inscripción "Dual Band FM

Transceiver", con batería y antena colocada, que se encontraba apagado. Ante el requerimiento policial previo, (…) halló en el compartimento que posee la puerta delantera del lado derecho (lado del acompañante) del automóvil, el equipo de mención.”.

III. En su recurso la defensa consideró errónea la valoración de la prueba y las imputaciones atribuidas por el a quo,

toda vez que, a su entender, no existieron elementos de cargo que permitan achacar tanto los delitos imputados sobre sus defendidos,

como así también reprochó la coautoría y la participación criminal que recayó sobre ellos.

La apelante, a su vez, criticó aquella decisión alegando que había sido dictada mediando arbitrariedad, habiendo omitido lo declarado por sus defendidos en la audiencia de descargo,

al carecer de la debida fundamentación.

Subsidiariamente, se agravió por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR