Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 28 de Agosto de 2018, expediente FPA 005856/2016/2/CA002
Fecha de Resolución | 28 de Agosto de 2018 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 5856/2016/2/CA2 Paraná, 28 de agosto de 2018.
Y VISTO: en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por la Dra. B.E.A., Presidente; el Dr. Mateo José
BUSANICHE, V. y la Dra. C.G.G., Jueza de Cámara, el Expte. Nº FPA 5856/2016/2/CA2- caratulado “LEGAJO DE APELACIÓN DE “COVIME S.A.” – JABLOÑSKI, C.G. EN AUTOS ´”COVIME S.A.” – JABLOÑSKI, C.G. INFRACCIÓN LEY 24.769´” proveniente del Juzgado Federal N° 1 de Paraná, y; DEL QUE RESULTA; La Dra. B.E.A., dijo:
Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal a fs. 7/9, contra la resolución obrante a fs. 1/6, en cuanto decreta el sobreseimiento de C.G.J., por el hecho que fuera indagado de apropiación indebida de recursos de la Seguridad Social respecto de los meses de diciembre de 2013, enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2014, en presunta infracción al art. 7 del Régimen Penal Tributario Fecha de firma: 28/08/2018 Alta en sistema: 29/08/2018 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara 1 Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: H.R.F., Secretario de Cámara #31833850#214566636#20180828125724711 (según art. 279 de la Ley N° 27.430), con la expresa declaración de que la formación del presente no afecta el buen nombre y honor de que hubiere gozado (art.
336, inc. 3 y último párrafo, del CPPN). El recurso es concedido a fs. 10.
En esta instancia, se celebró la audiencia oral preceptuada por el art. 454 del C.P.P.N., de la que da cuenta el acta de fs. 28 y vta., compareciendo en la oportunidad el Sr. Fiscal General ante Cámara, Dr. R.C.M.Á. y el Dr.
R.D.K., en representación de C.G.J., quedando las presentes en estado de resolver.
Y CONSIDERANDO:
I-
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Que, el Sr. Fiscal General, hace un relato de los hechos. Sostiene que la reforma introducida por parte del legislador, no ha sido otra cosa que una actualización de montos, en virtud de la depreciación de la moneda nacional, sin modificar la valoración concreta de las conductas que continúan siendo punibles. Manifiesta que el Sr. J. merece seguir sujeto a proceso. Cita Resolución PGN 5/12 y Fecha de firma: 28/08/2018 Alta en sistema: 29/08/2018 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara 2 Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: H.R.F., Secretario de Cámara #31833850#214566636#20180828125724711 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 5856/2016/2/CA2 18/18 e invoca fallo “G., C.A.” de la Cámara de Casación Federal Sala III.
Solicita, se revoque la resolución cuestionada y se disponga la prosecución de autos según su estado.
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A su turno, el Dr. Krochik cita numerosa jurisprudencia y doctrina que avalan lo resuelto por el a-quo en cuanto a la aplicación de la ley penal más benigna e invoca principios constitucionales y Tratados Internacionales.
Solicita se rechace el recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y se confirme la resolución venida en apelación. Hace reserva de recurrir ante Casación y la CSJN.
II- Que, se le atribuye a C.G.J. la comisión del siguiente hecho: “En su carácter de presidente del Directorio de la sociedad anónima denominada ‘COVIME S.A.’, la que en su calidad de contribuyente, inscripta ante la AFIP-DGI bajo la Clave Única de Identificación Tributaria N°
30712139060, con domicilio fiscal en Ruta Nacional Nº
12 km 55 de la localidad de Colonia Cerrito, provincia de Entre Ríos, con actividad registrada de Fecha de firma: 28/08/2018 Alta en sistema: 29/08/2018 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara 3 Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: H.R.F., Secretario de Cámara #31833850#214566636#20180828125724711 ‘Construcción, reforma y...
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