Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL, 28 de Mayo de 2018, expediente FRO 006249/2014/2/CA001

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO – SALA B Penal/Int. Rosario, 28 de mayo de 2018.

Visto en Acuerdo de la Sala “B” el expediente nº FRO 6249/2014/2/CA1 de entrada, caratulado “Legajo de Apelación en autos PEREZ, L.A. por falsificación documentos públicos” (del Juzgado Federal Nº 3, Secretaría, Secretaría “B” de Rosario), del que resulta que:

Vienen los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la Da. R.G., Defensora Pública Oficial nº 1, en ejercicio de la defensa técnica de L.A.P. (fs. 8 y vta.), contra la resolución del 21/12/17 (fs. 02/04) en cuanto dispuso el procesamiento del nombrado como autor del delito de uso de documento falso previsto y penado en el Art. 296 del C.P. en función del Art. 292, segundo párrafo del mismo cuerpo legal, trabando embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de dos mil pesos.

Concedido dicho recurso (fs. 09), los autos se elevaron a la Alzada (fs. 16). Recibidos en esta S. “B” (fs. 18), se designó audiencia oral U para informar, poniéndose en conocimiento de las partes, la opción por la modalidad escrita establecida en la Acordada Nº 161/16 (fs. 19). Agregado el escrito presentado por la defensa del encartado (fs. 20/21 vta.), se labró el acta pertinente (fs. 22), dejándose constancia que habiendo transcurrido treinta (30)

minutos de tolerancia, no compareció ninguna otra parte interesada, quedando así los presentes en condiciones de ser resueltos.

El Dr. T. dijo:

  1. ) El Defensor Público Oficial nº 1 solicita el sobreseimiento de su defendido por atipicidad de la conducta.

    En primer lugar destaca que la cédula verde estaba a nombre de un tercero: E.O.D..

    Por otro lado, resalta que se encontraba vencida al momento del hecho.

    Explica que el tipo exige que la falsificación se realice de modo Fecha de firma: 28/05/2018 Alta en sistema: 29/05/2018 Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara Firmado por: E.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: ANTE MI M.V.V., SECRETARIA DE CAMARA #31189696#207352175#20180528104457890 que pueda resultar perjuicio y que el uso de una cédula de identificación de automotor vencida y a nombre de otra persona, no constituye delito, puesto que no tiene aptitud para vulnerar el bien jurídico protegido.

    Cita jurisprudencia en apoyo de su tesitura.

    Peticiona que se declare el sobreseimiento de P. respecto de la conducta que se le imputa.

    Formula reservas del caso federal.

  2. ) Analizadas las constancias y pruebas incorporadas a...

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