Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 13 de Marzo de 2018, expediente CFP 000185/2017/2/CA002

Fecha de Resolución13 de Marzo de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 185/2017/2/CA2 CCCF – Sala II CFP 185/2017/2/CA2 “L., L. E. s/

procesamiento”.

J.. Fed. n° 11 – S.. n° 22.

Buenos Aires, 13 de marzo de 2018.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Las presentes actuaciones se encuentran a estudio del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Sr.

Defensor Público Oficial, Dr. J.M.H., en representación de L. E.

L., contra el punto I del pronunciamiento que luce a fs. 133/137 del ppal.

por el cual el Sr. Juez de grado decretó el procesamiento del nombrado en orden al delito de suministro de estupefacientes a título oneroso -art. 5°, inc. “e”, de la ley 23.737-.

II- La defensa apeló en tiempo y forma, en cuyo acto también presentó el informe en cumplimiento de la audiencia prevista en el artículo 454 del ordenamiento procesal (fs. 138/139 del ppal.).

III- Consideran los suscriptos que los elementos incorporados al sumario resultan suficientes para acreditar -con el grado de certeza propio de esta etapa preliminar- la responsabilidad de L. en el hecho que se examina, motivo por el cual su procesamiento será

confirmado.

Es que se observó al encartado realizar un pasamanos con otra persona que descendió de la motocicleta en que se desplazaba para encontrarse con él en la plazoleta ubicada en las calles A. y M.P. de P. de esta ciudad.

En concreto, tal como refirió el preventor que intervino frente a tal hecho, tras requerir apoyo así como los testigos de rigor, solicitó

a tales personas que exhibieran sus pertenencias, siendo que L. tenía en su poder la suma de $ 400, mientras que el restante –A.M., sobreseído en estas actuaciones- tenía un envoltorio de nylon con sustancia que luego se determinó resultó ser marihuana (fs. 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9/10, 94/95, 116/117, 119 y 123 del ppal.).

Cabe señalar además que, tras resultar sobreseído M., el a quo ordenó recibirle declaración testimonial, siendo que Fecha de firma: 13/03/2018 Alta en sistema: 14/03/2018 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.L.P., Secretaria de Cámara #31309373#201002488#20180313104850633 manifestó que efectivamente el día del hecho fue al lugar antes referido para encontrarse con L., y que le dio plata -$ 400- a cambio de la droga que luego se le secuestrara, refiriendo que lo conocía del barrio y que le había vendido solamente en esa oportunidad (fs. 131 del ppal.).

Por otra parte, ordenadas por parte del a...

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