Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 18 de Diciembre de 2017, expediente FGR 081000784/2011/1/2

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 81000784/2011/1/2 Legajo Nº 2 - IMPUTADO: VARGAS, M. PRIMAVERA s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL General Roca, 18 de diciembre de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

La presente causa caratulada: “Legajo Nº 2 -

IMPUTADO: VARGAS, M. PRIMAVERA s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL” (Expte. Nº FGR 81000784/2011/1/2), puesta a despacho para resolver la revocación de la prisión domiciliaria y; CONSIDERANDO:

Primero

Que con fecha 1 de junio de 2016 se le otorgó a M.P.V. el arresto domiciliario a fin de que cumpla la pena impuesta en la sentencia dictada en los autos principales, por estar al cuidado de su esposo, imponiéndosele por igual pronunciamiento el cumplimiento de reglas de conductas como son: 1) residir en el domicilio…; 2) comunicar previamente a este Tribunal toda ausencia del mismo; 3) observar buena conducta; 4) no relacionarse con personas que pongan en peligro la obligación de buen comportamiento, todo bajo apercibimiento de revocarle el mismo.

Segundo

Que a fs. 110 luce agrego el informe remitido por el equipo técnico del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados delegación S.C. de Bariloche, organismo que tiene a cargo efectuar el seguimiento de la condenada. Así las cosas, pusieron en conocimiento de este Tribunal que el día 28 de noviembre del corriente año, las Fecha de firma: 18/12/2017 Firmado por: A.A.S., JUEZ DE EJECUCIÓN PENAL Firmado(ante mi) por: G.A., Secretaria Ad- Hoc #28837613#195497595#20171218121320996 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 81000784/2011/1/2 oficiales de pruebas licenciadas L.N. y C.N. concurren al domicilio ubicado en calle J.S.B. 900, a fin de realizar la supervisión mensual de la prisión domiciliaria de la condenada V., encontrándose con el señor J.P., quien les expreso “que en el día de ayer, la nombrada se ausento de la casa por decisión propia, desconociendo su actual paradero. Asimismo refirió que en otras ocasiones se habría ausentado del domicilio luego de discusiones”.

Que en razón de lo comunicado por el organismo de mención y lo dictaminado por el Ministerio Publico Fiscal a fs. 112 se fijó audiencia bajo la modalidad de video conferencia para el día 12 de diciembre del corriente año.

Abierto el acto se encontraban presentes la titular del Ministerio Publico Fiscal, doctora M.B., la Defensora Publica Coadyuvante doctora G.L. y el secretario de Ejecución Penal doctor...

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