Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 22 de Marzo de 2017, expediente FCB 093000040/2008/TO01/2

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 FCB 93000040/2008/TO1/2 Córdoba, 22 de marzo de dos mil diecisiete.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “PADOVAN, O.V.S. de ejecución” (Expte. N°9300040/2008/TO1/2), venidos a Despacho para resolver acerca de la sanción impuesta al interno O.V.P.; Y CONSIDERANDO:

  1. Que con fecha 25 de agosto de 2014, mediante Orden Interna Nº

    357/14, emitida por el Establecimiento Penitenciario Nº1, M.M., O.V.P. fue sancionado con una Amonestación, por la comisión de una falta media tipificada en el art. 4to. Inc. “aa” del Anexo I, Decreto Reglamentario Nº 343/08, consistente en “Tener bienes cualquiera sea su naturaleza, sin previa autorización de autoridad competente”. Dicha sanción fue impuesta, por cuanto conforme se desprende del informe de constatación de fecha 15 de agosto de 2014, elaborado por la Subadjutor V.L., siendo aproximadamente las 15:40 horas, en momentos en que se encontraba en el Pabellón D-Dos, formando parte de un operativo de requisa, en presencia de más personal, al realizar el registro del interior de la habitación, lugar de alojamiento del interno P., al revisar debajo de la cama empotrada en la pared, en un cajón de madera, dentro de un envase de plástico azul, con tapa amarilla, pudo constatarse la presencia de un elemento extraño. Al extraer el mismo, vio que se trataba de una botella de vidrio transparente en cuyo interior había una bebida alcohólica mixta gasificada, sabor guaraná, marca comercial “Gancia One”, dos desodorantes en aerosol, dos “Lysoform” en aerosol, un alcohol etílico, un insecticida en aerosol “R.”, una espuma de afeitar, procediendo al secuestro de dichos elementos (fs.582/591).

  2. Que en sede administrativa el interno P. apeló la sanción impuesta y efectuó descargo. Expresó que la requisa por supuesta tenencia de sustancia psicotrópica se realizó sin su presencia, lo que resulta inconstitucional.

    Que le fueron secuestrados aerosoles desinfectantes, y R. para cucarachas, cuya tenencia fue autorizada por el anterior Jefe de Seguridad, debido a la presencia e invasión de insectos y roedores en las celdas.

  3. A fs. 592 se agrega copia de escrito de Recurso de Reconsideración deducido en sede administrativa por P..

  4. A fs. 598 P. apeló en sede judicial la sanción impuesta en presencia de su abogado defensor. Expresó en dicha oportunidad, que niega la presencia de bebidas alcohólicas en su celda, ya que nunca ha consumido estas bebidas en el establecimiento. Que ese día estuvo encerrado horas en el patio sin poder observar la requisa que se efectuó.

  5. Que corrida vista a la Defensa, a fs.607/611, el señor Defensor Público Ad-hoc D.C.M.C.N...

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