Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1, 24 de Agosto de 2023, expediente FSM 020072/2023/2/CA001

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 1

FSM 20072/2023/2/CA1, C.: “Legajo Nº 2 -

DENUNCIANTE: AFIP DENUNCIADO: SANCHEZ,

W.A. s/LEGAJO DE APELACION”, del Juzgado Federal de Mercedes, Secretaria Nº 4

Registro de Cámara: 13.718

S.M., 24 de agosto de 2023.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a estudio del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la asistencia técnica de W.A.S., contra el auto que dispuso su procesamiento como autor penalmente responsable del delito de evasión simple, reiterado en tres oportunidades –impuesto a las ganancias ejercicio comercial 2018, impuesto al valor agregado ejercicios comerciales 2018 y 2019- y mandó trabar embargo sobre sus bienes y dinero hasta cubrir la suma de ocho millones de pesos ($ 8.000.000).

  2. Al momento de articular el remedio procesal en trato, se agravió por entender que de las constancias sumariales no emerge un accionar atribuible a su asistido configurativo de la figura penal imputada.

    En tal sentido, refirió que S. no ingresó

    información contable falsa al sistema, sino que de las facturas correctamente declaradas, no efectuó en tiempo y forma los pagos correspondientes.

    Señaló, que jamás rehusó sus obligaciones, sino que, por el contrario, las asumió y concertó un plan de pagos que se vio impedido de cumplir. Consideró que su pupilo nunca actuó con dolo, sino que no tuvo la posibilidad económica de Fecha de firma: 24/08/2023

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.A.L., PROSECRETARIO DE CAMARA

    pagar sus deudas por infortunios que lo llevaron a su actual situación patrimonial calamitosa.

  3. Puesto a resolver en orden a lo que ha sido motivo de agravio, cabe resaltar que las objeciones defensistas, no logran conmover el cuadro cargoso obrante en autos, que fuera correctamente valorado en la resolución en crisis y que el Tribunal, en lo sustancial, comparte.

    Cabe aclarar, en primer término, que el objeto de la presente causa no es el no pago de impuestos, sino las omisiones o falsedades en que habría incurrido el imputado para evitar declarar y pagar lo debido.

    En tal sentido, tal como se desprende de la denuncia realizada por la Administración Federal de Ingresos Públicos, las últimas declaraciones juradas presentadas por W.A.S. fueron, la correspondiente al período fiscal 01/2017 –en relación al impuesto al valor agregado- y al ejercicio comercial 2017 –respecto del impuesto a las ganancias-.

    Iniciada la fiscalización, se realizó un relevamiento informático de las constancias obrantes en los sistemas del ente recaudador, detectando que el monto neto facturado por el fiscalizado, era menor al que habrían Fecha de firma: 24/08/2023

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.A.L., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 1

    FSM 20072/2023/2/CA1, C.: “Legajo Nº 2 -

    DENUNCIANTE: AFIP DENUNCIADO: SANCHEZ,

    W.A. s/LEGAJO DE APELACION”, del Juzgado Federal de Mercedes,...

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