Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4, 5 de Noviembre de 2020, expediente FSM 033816/2020/2/CA001

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

Causa n° 8631 - FSM 33816/2020/2/CA1

Legajo Nº 2 - DENUNCIANTE: AFIP CONTRIBUYENTE: INDUSTRIAS CHROMEECO S.A.

s/LEGAJO DE APELACION

Registro 9218

NOTA: En el día de la fecha, con motivo del trabajo remoto que realizo en mi domicilio particular (Acordada 61/2020 y providencias de presidencia del 20/3/2020, 1/4/2020,

12/4/2020, 27/4/2020, 12/5/2020, 26/5/2020,

9/6/2020, 30/6/2020 y 20/7/2020 de esta CFSM), mantuve comunicación telefónica con el Sr. Presidente de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de S.M., Dr.

A.A.L., quien informado del estado del presente legajo de apelación,

dispuso se pasara a estudio el legajo. En virtud de ello, seguidamente, inicié una comunicación telefónica y simultánea con los señores jueces D.. A.A.L.,

M.D.F. y J.P.S.,

integrantes de la Sala II de esta Cámara Federal -según Resolución CFASM 17/2020-,

quienes, en base a las constancias digitales Fecha de firma: 05/11/2020

Alta en sistema: 06/11/2020

obrantes en este legajo de apelación, me Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: P.J.F., SECRETARIO DE CÁMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

Causa n° 8631 - FSM 33816/2020/2/CA1

Legajo Nº 2 - DENUNCIANTE: AFIP CONTRIBUYENTE: INDUSTRIAS CHROMEECO S.A.

s/LEGAJO DE APELACION

Registro 9218

hicieron saber la resolución acordada y sus fundamentos.---------------------------------

Se deja constancia que los señores jueces encomendaron a este P. de Cámara la generación del decreto y resolución respectivamente, que reflejen sus decisiones y fundamentos, para su posterior incorporación en el legajo de apelación obrante en el sistema Lex100 y que esta modalidad de actuación obedeció a las Acordadas 4/2020, 6/2020, 8/2020, 10/2020,

13/2020, 14/2020, 16/2020, 18/2020, 25/2020,

27/2020 y 31/2020, de la CSJN, Acordada 61/2020 y providencias de presidencia del 20/3/2020, 1/4/2020, 12/4/2020, 27/4/2020,

12/5/2020, 26/5/2020, 9/6/2020, 30/6/2020 y 20/7/2020 de esta CFSM y DNU PEN 297/2020,

325/2020, 355/2020, 408/2020, 459/2020,

493/2020, 520/2020, 576/2020, 605/2020,

Fecha de firma: 05/11/2020

Alta en sistema: 06/11/2020

Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: P.J.F., SECRETARIO DE CÁMARA

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