Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 2, 18 de Enero de 2024, expediente FSM 005037/2023/2/CA001

Fecha de Resolución18 de Enero de 2024
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL N° 2

Causa N°9978 - FSM 5037/2023/2/CA1 "Legajo Nº 2 - BENEFICIARIO: ARRUA , P.A. s/LEGAJO

DE APELACION"

Reg. Int. N°:10972

S.M., 18 de enero de 2024.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan a conocimiento del Tribunal las actuaciones con motivo del recurso de apelación interpuesto por la Defensa Oficial que asiste a P.A.A., contra el pronunciamiento emitido por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de M., que rechazó la acción de habeas corpus promovida en favor del nombrado.

  2. En la instancia la defensa oficial mantuvo el recurso mediante el correspondiente memorial sustitutivo de la audiencia oral.

  3. En su escrito recursivo la asistencia técnica oficial adujo que en el caso en trato persiste una situación de agravamiento de las condiciones de detención de A., toda vez que no se le está brindando la adecuada y urgente atención médica que su delicado estado de salud reclama.

    Apoyó su pretensión, principalmente, en las conclusiones establecidas por los galenos Dr. R.R.G. (perteneciente al Centro de Asistencia Judicial Federal del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional) y el Dr. J.G.(.L. integrante del Cuerpo de Peritos de la DGN) que participaron de la junta médica ordenada en el sumario.

  4. Abocada a resolver y examinadas la totalidad de las constancias que integran el legajo digital, la Sala comparte –en lo sustancial- con lo Fecha de firma: 18/01/2024

    Firmado por: N.P.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SANTIAGO MOORE, SECRETARIO DE CAMARA

    indicado por el recurrente en representación de A.,

    toda vez que a la fecha no se cuenta en el legajo con el resultado de los estudios que le fueron practicados previamente (destacándose la biopsia realizada, en el mes de junio de 2023, a partir de la lesión en dorso compatible con una patología neoplásica), como así

    también restan por disponer otros que, en la consideración de los galenos que participaron de la junta médica ordenada, devienen necesarios a los fines de conocer posibles nuevas afecciones (patología cutánea y el nódulo en el polo superior derecho del pulmón detectado); todo ello en un contexto de un paciente con un cuadro de pérdida de peso evidente y diagnostica con cáncer de próstata (adenocarcinoma).

    Especificando sobre el curso de acción a seguir,

    los profesionales intervinientes consideraron apropiado...

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