Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A, 2 de Agosto de 2017, expediente CPE 001358/2008/12/CA008

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A CPE 1358/2008/12/CA8 Reg. Interno N° 414/2017 LEGAJO DE APELACION DE P., F.;M., F.O.;V., J.A.E.A. “P.F.;D.L., J.;M., F.O.; D.L., A. SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769

CPE 1358/2008/12/CA8, Orden N° 30.815. Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 10, Secretaría N° 20. Sala “A”.

AO (JJA)

Buenos Aires, 2 de agosto de 2017.-

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la letrada defensora de F.P. contra la resolución por la que el juez a quo se declaró incompetente por razón de territorio.

El escrito presentado por el abogado defensor de J.A.V.

por el cual adhiere al recurso de apelación interpuesto por la defensa de F.P.

Los memoriales escritos presentados en sustento de los recursos.

Y CONSIDERANDO:

Que se trata de una causa iniciada con motivo de una denuncia de la Administración Federal de Ingresos Públicos, el 4 de diciembre de 2008, en la que se daba cuenta de la evasión del pago del impuesto sobre el valor agregado que debía tributar por el ejercicio fiscal del año 2006 la sociedad anónima N.R.O. La instrucción del proceso fue requerida por el agente fiscal el 14 de mayo de 2009 y los imputados a quienes asisten los apelantes fueron apercibidos de los cargos en su contra al ser convocados por el juez para que presten declaración indagatoria en audiencias que tuvieron lugar el 7 de diciembre de 2016 y 11 de abril de 2017.

Que la resolución que es materia de apelación se funda en que el domicilio fijado para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de la sociedad anónima N.R.O., a diferencia del domicilio Fecha de firma: 02/08/2017 Alta en sistema: 08/08/2017 Firmado por: J.C.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.S.H., JUEZ DE CAMARA...

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