Sentencia de Sala B, 27 de Abril de 2016, expediente CPE 000628/2014/10/CA004

Fecha de Resolución27 de Abril de 2016
EmisorSala B

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional LEGAJO DE APELACIÓN en causa: “N.S.A.N.; N.S.D.O. S/INF. LEY 22.415”. J.N.P.E. N° 3, Secretaría N° 6. CPE 628/2014/10/CA4 (ORDEN N° 26.797. SALA “B”).

Buenos Aires, de abril de 2016.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la defensa de A.N.N.S. y de D.O.N.S. (fs. 19/24 de este incidente) contra la resolución de fecha 24/11/2015, por la cual el juzgado “a quo” resolvió: “…

I) DISPONER EL PROCESAMIENTO SIN PRISIÓN PREVENTIVA de A.N.N.S.…art. 303 inc. 3°

del C.P...

II) DISPONER EL PROCESAMIENTO SIN PRISIÓN PREVENTIVA de D.O.N.S.…art. 303 inc. 3° del C.P…

III) ESTAR A LOS EMBARGOS dispuestos por los puntos dispositivos III y IV de la resolución de fs. 792/802 y vta…” (fs. 8/18 vta. de este legajo, la transcripción es copia textual del original y se prescinde del resaltado).

La nota de fs. 37 del presente incidente.

Y CONSIDERANDO:

Que, en atención a lo expresado por la nota de fs. 37 de estas actuaciones, por la cual se dejó constancia que la defensa de A.N.N.S. y de D.O.N.S. no compareció a la audiencia señalada a los fines del art. 454 del C.P.P.N., ni efectuó presentación escrita alguna en sustitución de aquélla, pese a encontrarse notificada debidamente de la celebración de la misma (confr. fs.

32 y 35/36), corresponde declarar desierto el recurso de apelación agregado en copia a fs. 19/24 de este incidente (art. 454, segundo párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación).

Por ello, SE

RESUELVE:

  1. DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto por la defensa de A.N.N.S. y de D.O.N.S. (art. 454, segundo párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación).

  2. SIN COSTAS (arts. 530, 531 y ccs. del C.P.P.N.).

Fecha de firma: 27/04/2016 Firmado por: M.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: N.M.P.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.R., SECRETARIO DE CAMARA #27780562#152082807#20160427120541622 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Regístrese, notifíquese, oportunamente comuníquese de conformidad a lo dispuesto por la resolución...

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