Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 4 de Junio de 2020, expediente CPE 000232/2018/1/CA001

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2020
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación LEGAJO DE APELACION DE FEDERAL SERVICE S.R.L. Y OTROS S /INFRACCIÓN LEY 24.769” EN

CAUSA N° CPE 232/2018. JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO N° 6, SECRETARÍA N°

12 (CPE 232/2018/1/CA1, ORDEN N° 29.234. SALA “B”).

Buenos Aires, de junio de 2020.

VISTOS:

El recurso de apelación que luce agregado a fs. 46/50, concedido al señor representante del Ministerio Público F. interviniente ante la instancia anterior contra la resolución que obra agregada en copias a fs. 40/44, en cuanto por aquélla se dictó un auto de falta de mérito con relación a F.A.A. y a la persona jurídica FEDERAL SERVICE S.R.L.

El escrito de fs. 60 por el cual el señor F. General mantuvo el recurso de apelación interpuesto en la instancia anterior.

El memorial agregado a fs. 77 del presente legajo, por el cual el señor F. General informó por escrito en los términos del artículo 454 del C.P.P.N.

La nota obrante a fs. 78 del presente dando cuenta de la audiencia por la cual la defensa de F.A.P.A. y de FEDERAL SERVICE S.R.L. informó

oralmente en los términos del art. 454 del C.P.P.N.

El punto

  1. 1°) del acta N° 3944, el punto II del acta N° 3947 y el punto I del acta N° 3949, ambas de superintendencia de esta Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, por los cuales se dispuso habilitar la feria judicial extraordinaria para resolver en las causas radicadas en las Salas del Tribunal.

    Y CONSIDERANDO:

    1. ) Que, en cuanto interesa a la presente, en los autos principales a los que pertenece este incidente se imputó a F.A.P.A. y a FEDERAL SERVICE

      S.R.L.:

      1. “…haber simulado ante el fisco nacional, a través del cómputo de retenciones falsas, de $ 9.915.649,72, en concepto de contribuciones patronales al sistema Nacional de Seguridad Social, por los períodos 07/2016,

        Fecha de firma: 04/06/2020

        08/2016 y 03/2017 a 10/2017…”.

        Alta en sistema: 05/06/2020

        Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA

        Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA

        Firmado por: E.J.G., PROSECRETARIO DE CAMARA

      2. “…la apropiación indebida de los aportes previsionales sobre los salarios abonados a los empleados en relación de dependencia de la contribuyente Federal Service S.R.L., dentro del plazo legal, por los períodos 12/2013, 05/2017, 06/2017, 07/2017, 08/2017, 10/2017, 11/2017 y 12/2017…”.

    2. ) Que, por la resolución recurrida, el señor juez a cargo del juzgado “a quo” dictó un auto de falta de mérito para procesar, o para sobreseer,

      respecto de F.A.P.A. y de FEDERAL SERVICE S.R.L., con relación a los delitos de simulación dolosa de pago (art. 11° de la ley 24.769) y de apropiación indebida de aportes previsionales (art. 9° de la ley 24.769) por estimar que: “…

      se debe atender a la circunstancia planteada, en cuanto a la imposibilidad fáctica de cumplir con el pago de los tributos adeudados en función del crítico estado económico financiero por el cual atravesaba la firma Federal Service S.R.L. que habría desencadenado en el concurso preventivo de la empresa [y que, asimismo] se deben corroborar los extremos vertidos...

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