Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 21 de Abril de 2022, expediente CFP 003239/2021/1/CA001
Fecha de Resolución | 21 de Abril de 2022 |
Emisor | CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2
CFP 3239/2021/1/CA1
Sala II – CFP 3239/2021/CA1
P. M. L.
s/ procesamiento y embargo
Juzgado 12 – Secretaria 24
Buenos Aires, 21 de abril de 2022.
Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO:
I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal con motivo del recurso de apelación deducido por el Defensor Público Oficial, Dr. J.M.H., en representación de M. L. P., contra el auto por el que se dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de su asistida por considerarla prima facie autora del delito de fraude en perjuicio de la Administración Pública (art. 174, inciso 5, del Código Penal de la Nación en función del art. 172 del mismo cuerpo legal) y la traba de embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de un millón quinientos mil pesos ($1.500.000).
-
La imputación que pesa sobre la Sra. P. consiste en haber extraído de la cuenta de seguridad social de su madre – Z. R. A.-, en carácter de apoderada, fondos que la ANSES depositó allí por error.
En concreto, se estableció que la implicada, en el transcurso de los 14 meses posteriores a la defunción de su progenitora,
transfirió a su cuenta personal -nro. 52048020…- los montos que ese organismo público depositó “en concepto de jubilación” en aquella cuenta del Banco Provincia. En total, se registraron trece transferencias inmediatas y tres extracciones por cajero automático de este tipo, lo que fijó el perjuicio económico sufrido por el Estado a raíz de estos acontecimientos;
y como contracara, el lucro indebido obtenido por P. (ver legajo de Z. R. A.
enviado por el Banco Provincia, detalles de movimientos bancarios y de transacciones inmediatas).
-
La materialidad de la imputación no se encuentra discutida, mas sí su relevancia penal y significación jurídica.
Los agravios expresados en esa línea pueden sintetizarse del siguiente modo:
1) los fondos transferidos por la ANSES a la cuenta bancaria de la madre de la imputada obedecieron a los haberes jubilatorios Fecha de firma: 21/04/2022
Alta en sistema: 22/04/2022
Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.J.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado(ante mi) por: G.F.G.M., Secretario de Cámara #36384641#324584035#20220421112407525
de la primera. Dado que la titular de la cuenta falleció a comienzos de febrero de 2020, todos los pagos posteriores formalizados en ese concepto estuvieron mal hechos, pero a raíz de un error inherente a la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba