Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 25 de Noviembre de 2020, expediente FLP 018128/2020/8/1/CFC002

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III

Causa Nº FLP 18128/2020/8/1/CFC2

SOTELO, I.A. s/recurso de Cámara Federal de Casación Penal casación

Registro nro.:

Buenos Aires, 25 de noviembre de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

Que la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, provincia de Buenos Aires, resolvió con fecha 10 de septiembre de 2020 confirmar la sentencia que dispuso no hacer lugar al pedido de excarcelación formulado a favor de I.A.S..

Contra dicha decisión, la Defensora Pública Coadyuvante, doctora S.M.L., interpuso recurso de casación, el que fue concedido por el a quo.

Y CONSIDERANDO:

El señor juez doctor J.C.G. dijo:

  1. Que corresponde señalar que las resoluciones que involucran la libertad del imputado, resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 280:297; 290:393; 308:1631;

    310:1835; 310:2245; 311:358; 314:791; 316:1934; 328:1108;

    329:679; entre otros).

    Sin embargo, dicho aspecto, por sí solo, resulta insuficiente para habilitar la jurisdicción de esta Alzada en su carácter de tribunal intermedio conforme la doctrina sentada en los precedentes “Di Nunzio”, “D.S.” y “P.” (Fallos 328:1108; 328:4551; 333:667,

    respectivamente) pues, habiéndose satisfecho en autos el “derecho al recurso” consagrado en los artículos 8.2.h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 8 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y 14 inc. 5º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -cuyo alcance fue precisado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el precedente “H.U. vs. Costa Rica”-, esto Fecha de firma: 25/11/2020

    Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION

    1

    Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA

    es, se cumplimentó el procedimiento de verificación de la doble conformidad del temperamento desfavorable al imputado dictado por el magistrado de primera instancia; y, toda vez que la defensa no logró demostrar arbitrariedad en la resolución cuestionada que habilite la intervención de esta Excma. Cámara Federal de Casación Penal, entiendo que corresponde declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto.

    Cabe aclarar que la Cámara de Apelaciones puso de manifiesto que remite a lo expuesto en el expediente FLP N°

    18128/2020/1, caratulado “Incidente de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR