Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 28 de Octubre de 2020, expediente FSM 020256/2014/TO02/4/1/CFC009
Fecha de Resolución | 28 de Octubre de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1 |
CFCP - SALA I
FSM 20256/2014/TO2/4/1/CFC9
CASTILLO, D.B. s/
recurso de casación
Cámara Federal de Casación Penal Registro Nro. 1492/20
Buenos Aires, 28 de octubre de 2020.
AUTOS Y VISTOS:
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal bajo la presidencia de la señora jueza, doctora A.M.F., e integrada por los señores jueces,
doctores D.G.B. y A.E.L. como ̃
vocales, reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en los Decretos 260/20, 297/20, 325/20,
355/20, 408/20, 459/20, 493/20, 520/20, 576/20, 605/20,
641/20, 667/20, 714/20, 754/20, 792/20 y 814/20 del Poder Ejecutivo Nacional (PEN); Acordadas 4/20, 6/20, 8/20,
10/20, 12/20, 13/20, 14/20, 16/20, 18/20, 25/20, 27/20 y 31/20 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN),
y Acordadas 3/20, 4/20, 5/20, 6/20, 7/20, 8/20, 9/20,
10/20, 11/20, 12/20, 13/20, 14/20 y 15/20 de esta Cámara Federal de Casación Penal (CFCP), para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en el presente legajo Nº FSM 20256/2014/TO2/4/1/CFC9 del registro de esta Sala I, caratulado “CASTILLO, D.B. s/
recurso de casación”.
Y CONSIDERANDO:
-
Que en fecha 7 de febrero de 2020 el señor juez E.C.R.E., con funciones de ejecución en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 4
de San Martín, provincia de Buenos Aires, resolvió: “(N)O
HACER LUGAR a la ampliación de salidas excepcionales de D.B. CASTILLO…” (el destacado corresponde al original).
Contra dicho pronunciamiento interpuso recurso de casación la defensa particular de la nombrada, el que fue concedido por el juez de mérito en fecha 2 de marzo de Fecha de firma: 28/10/2020
Firmado por: A.E.L., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
CFCP - SALA I
FSM 20256/2014/TO2/4/1/CFC9
CASTILLO, D.B. s/
recurso de casación
Cámara Federal de Casación Penal 2020.
-
Llegado el momento de resolver, es pertinente recordar que las decisiones de esta Cámara deben atender a las circunstancias verificadas al momento de dictarse sentencia, aunque sean distintas a las que existían en oportunidad de la interposición del recurso respectivo.
En tal sentido, es doctrina de la CSJN el deber de atender a las circunstancias existentes al momento de emitir el pronunciamiento (Fallos: 312:555 y 315:123, entre otros), aunque sean sobrevinientes al...
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