Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 26 de Junio de 2020, expediente FRO 041000166/2010/TO01/42/1/CFC010

Fecha de Resolución26 de Junio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2

Cámara Federal de Casación Penal Sala II

Causa Nº FRO

41000166/2010/TO1/42/1/CFC10

B., V.F. s/ recurso de casación

Registro nro.: 600/20

Buenos Aires, 26 de junio de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

Reunidos los miembros de la Sala Segunda de la Cámara Federal de casación Penal, doctores G.J.Y.,

A.W.S. y C.A.M., bajo la presidencia del primero de los nombrados, de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las acordadas 6/20, 8/20,

10/20, 12/20, 13/20, 14/20, 16/20 y 18/20 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y 6/20, 7/20, 8/20, 9/20, 10/20,

11/20, 12/20 y 13/20 de esta Cámara Federal de Casación Penal,

para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en la presente causa N° FRO

41000166/2010/TO1/42/1/CFC10 del registro de esta sala,

caratulada: “B., V.F. s/ recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

El señor juez G.J.Y. dijo:

  1. Que el Tribunal Oral en Criminal Federal N° 1 de Rosario, con fecha 6 de mayo del corriente, en lo que aquí

    interesa, resolvió: “

  2. No hacer lugar a la prisión domiciliaria solicitada por la defensa técnica a favor de V.F.B., conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos, sin perjuicio de una eventual revisión de las condiciones de encierro y de riesgo para su salud, en tanto se modifiquen las actuales circunstancias del caso o se aporten elementos de juicio que así lo ameriten.”.

    Fecha de firma: 26/06/2020

    Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

    Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Contra dicha decisión, la Defensa Pública Oficial del nombrado interpuso recurso de casación, el que fue concedido por el a quo el día 15 de mayo del mismo mes y año.

  3. Que el tenor de los agravios y las cuestiones traídas a conocimiento de esta instancia, habilitan su tratamiento durante este período de feria extraordinaria dispuesta con motivo de la emergencia pública sanitaria (Decretos 260/20,

    297/20, 325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20 y 520/20

    P.E.N., Acordadas 4/20, 6/20, 8/20, 10/20, 13/20, 14/20, 16/20

    y 18/20 de la C.S.J.N. y Acordadas 3/20, 4/20, 5/20, 6/20,

    7/20, 8/20, 10/20, 11/20, 12/20 y 13/20 de esta C.F.C.P.).

  4. El planteo, en el caso, cuestiona una resolución que deniega la morigeración de la modalidad de cumplimiento de la pena impuesta a B. y si bien ese tipo de decisiones resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 310:1835; 310:2245; 311:358; 314:791; 316:1934,

    328:1108, 329:679, entre otros), el ejercicio de la jurisdicción revisora de esta alzada habrá de habilitarse cuando medie, debidamente fundada, una cuestión federal.

  5. En el caso en estudio, la defensa no ha logrado demostrar la existencia de dicho agravio federal que permita hacer excepción a aquel principio general, toda vez que su crítica estuvo centrada en expresar un mero disenso con la fundamentación en la resolución impugnada.

    La asistencia técnica de V.B. solicitó la prisión domiciliaria del nombrado en virtud de la Acordada 9/20 de esta Cámara y el peligro que genera en su salud el avance del COVID-19.

    El juez de ejecución, por su parte, resolvió de forma adversa a lo pretendido. Para así decidir, tuvo en cuenta que B. fue condenado a la pena de 4 años de prisión mediante el fallo n° 34/2019 y que el vencimiento de la misma operará

    Fecha de firma: 26/06/2020

    Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIO DE CAMARA

    2

    Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Cámara Federal de Casación Penal Sala II

    Causa Nº...

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