Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 9 de Junio de 2020, expediente FSM 083101/2017/TO01/13/1/CFC001

Fecha de Resolución 9 de Junio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III

Causa Nº FSM

83101/2017/TO1/13/1/CFC1

Cámara Federal de Casación Penal “O., F.N. s/recurso de casación”

Registro nro.:

Buenos Aires, 9 de junio de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca del recurso de casación interpuesto en la presente causa n° FSM

83101/2017/TO1/13/1/CFC1 del registro de esta Sala III,

caratulada: “O., F.N. s/ recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

La señora juez doctora L.E.C. dijo:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, rechazó el pedido de prisión domiciliaria de F.N.O..

  2. Contra esa decisión la defensa particular interpuso recurso de casación que fue concedido por el a quo.

    En su escrito de impugnación señaló que la decisión es arbitraria por su falta de fundamentación e incorrecta interpretación de las normas.

    Manifestó que su defendido padece un cuadro respiratorio delicado (asma y broncoespasmo), que no le suministran en forma regular la medicación que necesita y que la posibilidad de contagiarse representa un serio riesgo para su salud.

    Expresó que por las condiciones del alojamiento no se puede cumplir con el aislamiento social y hubo casos de coronavirus; todo lo cual favorece la posibilidad de contagio.

    Refirió que como su defendido está procesado debe prevalecer la presunción de inocencia, además no registra antecedentes ni se acreditó la existencia de riesgos procesales, por lo que no hay motivo para denegarle el beneficio solicitado.

    Fecha de firma: 09/06/2020

    Alta en sistema: 10/06/2020

    Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

    Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION

    Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA

    También recordó que como O. tiene un hijo menor de edad debe tenerse en cuenta su interés superior.

  3. Si bien las resoluciones que involucran cuestiones como la aquí planteada resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 310:1835; 310:2245;

    311:358; 314:791; 316:1934, 328:1108, 329:679, entre otros),

    para posibilitar la jurisdicción de esta Alzada debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal;

    requisito que la defensa no ha logrado satisfacer.

    En efecto, el tribunal de juicio señaló que el encausado no fue incluido por las autoridades penitenciarias en la nómina del grupo de riesgo frente...

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