Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 17 de Octubre de 2019, expediente FGR 004908/2013/TO01/27/1

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 4908/2013/TO1/27/1 Legajo Nº 1 - IMPUTADO: A.R., D.F. s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL General Roca, 15 octubre de 2019.-

AUTOS Y VISTOS:

Los presentes actuados, caratulados Legajo Nº 1 - IMPUTADO: A.R., D.F. s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL (FGR 4908/2013/TO1/27/1)

puestos a despacho para resolver la aplicación de la reducción por estímulo educativo y el fondo de reserva prevista en los arts. 128 y 140 de la ley 24.660; CONSIDERANDO:

ESTIMULO EDUCATIVO Que con fecha 3 de octubre del corriente año, se reunió el Consejo Correccional de la U.R 5 del Servicio Penitenciario Federal, con el objeto considerar el Expte N° “A” 1191/18, el cual versa sobre la solicitud del interno D.F.R.A., en la aplicación del Estímulo Educativo.

Organismo que luego de efectuar un minucioso análisis de los antecedentes educativos, que presentara la sección de educación correspondiente a 1)

Copia digitalizada de certificado de curso de formación profesional “Soldador Básico” con una duración de 150 horas, dictado por el Centro de Educación Provincial Integral (CEPI) nro.1 de la provincia de Neuquén, finalmente consideró que correspondería dos (2) meses en concepto de estímulo educativo según lo normado en el art 140 de la ley 24.660.

A fs.896 obra certificación del Consejo Provincial de Educación provincia del Neuquén –fechado el 21 de diciembre de 2018-, del cual emana que dicho interno aprobó en esa institución el Curso de “Soldador Básico”, con una duración de 150 horas, como alumno regular de Centro Educativo Provincial Integral 1- de la localidad de Neuquén.

Fecha de firma: 17/10/2019 Firmado por: A.A.S., JUEZ DE EJECUCIÓN PENAL Firmado(ante mi) por: L.P.G., S. #27490126#246872819#20191015101650924 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 4908/2013/TO1/27/1

III. En su dictamen Nº 565/19, la señora F. General Interina, Dra. G.D., considero que en el caso, corresponde otorgarle a D.F.A.R. la reducción de dos (2) meses por estimulo educativo para el avance en las distintas fases y/o periodos de la progresividad del Régimen Penitenciario correspondientes a la finalización y aprobación del curso de formación profesional del taller de “Soldadr Básico”, conforme el art. 140 inc. “d” de la Ley 26.695.

IV. Llegado el momento de resolver tenemos acreditado en el presente legajo conforme actuaciones remitidas por el Complejo Penitenciario Federal de Senillosa V Neuquén- Certificado...

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