Sentencia de Sala A, 22 de Abril de 2016, expediente FRO 013862/2014/1/CA001
Fecha de Resolución | 22 de Abril de 2016 |
Emisor | Sala A |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A FRO 13862/2014/1/CA1 Rosario, 22 de abril de 2016.-
Visto, en acuerdo de la Sala “A” el expediente N.. FRO 13862/2014/1/CA1 caratulado “S., J.A. s/ FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS” (proveniente del Juzgado Federal Nro. 2 de la ciudad de San Nicolás).-
Vienen los autos con motivo de la apelación deducida por la defensa de J.A.S. (fs.
49), contra la resolución del 1 de abril de 2015 (fs. 44), que dispuso “1) Ordenar el procesamiento sin prisión preventiva de J.A.S.… por suponérselo penalmente responsable ‘prima facie’ del delito previsto y reprimido por el art. 296 en función del art. 292, segundo párrafo, del Código Penal… 2) Embargar sus bienes hasta cubrir la suma de pesos mil quinientos ($1500) que se fija en forma provisional a los efectos de garantizar el pago de las costas, la pena pecuniaria y la efectividad de su responsabilidad civil (art.
518 del código de rito)…”.-
Elevados los autos, se dispuso la intervención de esta Sala “A” (fs. 88). Designada audiencia, la recurrente presentó memorial que se agregó a fs. 90, pasando las actuaciones a resolver.-
Y considerando que:
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- La defensa se agravió de lo resuelto por el a quo por entender que la conducta reprochada a su asistido resulta atípica, por lo que correspondería dictar el sobreseimiento.-
Indicó que la sentencia no explicó cuáles fueron los elementos probatorios que tuvo en cuenta para sostener que S. sabía o podía saber que el Certificado de Idoneidad Profesional del Transporte Automotor de Cargas Fecha de firma: 22/04/2016 Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.F.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.F.A., SECRETARIO DE CAMARA #27061793#151111243#20160422122728757 Generales y el comprobante de evaluación física que le habían entregado estaban adulterados.-
Manifestó que en la indagatoria su asistido explicó las diligencias concretas que realizó para obtener la documentación, lo que no fue tenido en cuenta por el a quo para determinar la veracidad de su exposición.-
Afirmó que es un deber del juez y no del imputado o de su defensa, comprobar si los hechos y circunstancias mencionadas por el declarante son ciertos.-
Se agravió también del embargo, al que acusó de arbitrario por falta de fundamentación.-
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- Las presentes actuaciones se iniciaron a raíz de un operativo de interceptación vehicular realizado por Gendarmería Nacional en fecha...
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