Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 1, 31 de Agosto de 2015, expediente FRO 014969/2013/13/1/CFC002

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2015
EmisorSala 1

Camara Federal de Casación Penal - Sala I - 14969 Cámara Federal de Casación Penal Legajo Nº 1 - IMPUTADO: NÚÑEZ, H.D. s/LEGAJO DE APELACION Incidente Nº 13 - IMPUTADO: NÚÑEZ, H.D. Y OTRO s/INCIDENTE DE EXCARCELACION Buenos Aires, 31 de agosto de 2015.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca de la admisibilidad del recurso de casación deducido por la defensa oficial en esta causa nº 14696.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó la resolución del juez instructor en cuanto denegó la excarcelación de H.D.N..

    Contra esa resolución, interpuso recurso de casación la defensa oficial (fs. 58/64), el que fue concedido a fs. 67/69.

  2. ) Que la decisión recurrida restringe la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa y ocasiona un perjuicio que podría resultar –prima facie- de imposible reparación ulterior, y es por tanto, equiparable a una sentencia definitiva en los términos previstos en el artículo 457 del Código Ritual.

    Sin embargo, dicho extremo resulta insuficiente para habilitar la jurisdicción de esta Alzada en su carácter de tribunal intermedio conforme la doctrina sentada en Fallos 328:1108; 328:4551; 333:377 respectivamente en razón de que además debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal, pues la actividad impugnativa tiene un límite y ante esta instancia, aquel límite, en casos como el ventilado en autos, sólo puede ser superado por la debida fundamentación de un agravio de carácter federal.

    En efecto, el recurrente no consigue demostrar el vicio jurídico que alega, toda vez que no se ha hecho cargo de rebatir adecuadamente los argumentos en los cuales se sustentó la resolución cuestionada.

  3. ) Que para resolver de la manera en que lo hizo la cámara a quo indicó que “…la provisional valoración de las características del hecho atribuido indica que se trata de la imputación de un hecho grave”.

    Fecha de firma: 31/08/2015 Firmado por: C.M.V., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado por: C.M.V., JUEZ DE CAMARA DE CASACION SUBROGANTE Firmado por: N.F.F., JUEZ DE CAMARA DE CASACION SUBROGANTE 1 Firmado por: R.J.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: J.R.D.A., SECRETARIO DE CAMARA Valoró que “H.D.N. registra antecedentes de condenas: (1) por los delitos de robo agravado en grado de tentativa, robo calificado en grado de tentativa en concurso real, a tres años de prisión efectiva; (2) por robo agravado por efracción en grado de tentativa, a un...

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