Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 10 de Diciembre de 2020, expediente CCC 033291/2018/1/CA001

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2020
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

CCC 33291/2018/1/CA1

CCCF - Sala II

CCC 33291/2018/1/CA1

E, G s/ procesamiento.

J.. Fed. N° 4 – S.. N° 7

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2020.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

I. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Dra. E.F.P., defensora de G E, contra el punto I de la resolución de fs. 1/11 de esta incidencia, en cuanto decretó el procesamiento sin prisión preventiva del nombrado por considerarlo “prima facie” autor penalmente responsable del delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro (art. 277 inc. 1° apartado “c” con la agravante establecida en el inciso 3°

apartado “b” del Código Penal) en concurso ideal con el delito de uso de documento público falso (art. 296 en función del 293 del Código Penal).

II. En ocasión de articular la apelación la asistencia técnica formuló sus agravios, los que fueron sostenidos ante esta Alzada al informar en los términos del art. 454 del Código Procesal Penal de la Nación. Ellos se centran en la ausencia de los recaudos subjetivos exigidos por los ilícitos que se le endilgan a su representado, solicitando con base en ello su sobreseimiento por atipicidad.

En subsidio, cuestionó la aplicación de la agravante prevista en el inciso 3° apartado “b” del artículo 277 del código sustantivo.

III. En primer término, cabe recordar que con fecha 22 de mayo de 2018 personal de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires fue desplazado por el Centro de M.B. a la intersección de la Avenida General Paz y S.M. de esta ciudad, en tanto se había detectado mediante el sistema de cámaras del anillo digital de patentes, un automóvil marca V.B., con dominio colocado XXX 52 con Fecha de firma: 10/12/2020

Alta en sistema: 11/12/2020

Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado por: MARIANO LLORENS, Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: P.G.L., PROSECRETARIO DE CAMARA

35168304#276126779#20201210134835140

pedido de secuestro activo desde el 29 de agosto de 2016, que circulaba en dirección hacia ese punto. Es así como se procedió a detener la marcha del mencionado vehículo y se identificó a su conductor quien resultó ser G E,

exhibiendo una cédula de identificación del automotor control n° 46610213

dominio XXX52 a nombre de C A M. Asimismo se secuestró un Formulario 08 n° 403222938 con certificación notarial de firmas, una tarjeta de la Compañía de Seguros Allianz, también a nombre de C A M y un certificado de Verificación Técnica Vehicular n° 15000100030459105 de fecha 21/11/15.

De acuerdo a los datos obtenidos por los preventores se pudo determinar que los números de chasis y motor del automóvil...

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