Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 16 de Julio de 2019, expediente FLP 012045/2019/1/CA001

Fecha de Resolución16 de Julio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 12045/2019/1/CA1 9617/III La Plata, 16 de julio de 2019.

VISTO: este legajo FLP 12045/2019/1/CA1, en autos caratulados “L.W., Aled Ricardo s/ Lesiones Leves (art. 89, C.P.)”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 1, S.P.N.. 3, de Lomas de Zamora; Y CONSIDERANDO:

  1. Se inició con la denuncia efectuada -el 17/03/19- por el señor L.W., I. de la Dirección Nacional de Migraciones, ante las autoridades de la Unidad Operacional de Seguridad Preventiva de Ezeiza (P.S.A.). Allí

    refirió que siendo aproximadamente las 15:00 horas, momentos en que se encontraba cumpliendo funciones en el Box Nro. 3 de la Terminal “A” –

    sector restringido- del Aeropuerto Ministro Pistarini, su compañero de trabajo T.M. le propició un golpe de puño en su espalda, generándose una fuerte discusión entre ambos que pudo ser controlada por la intervención de otro compañero. Luego, en el momento del descanso, dijo que fue interceptado nuevamente por este sujeto quien además de referirle “pendejo te voy a cagar a trompadas, tenes que pagar derecho de piso (sic.)” volvió a golpearlo. Finalmente, manifestó

    desconocer los motivos por los cuales M. había actuado de la forma en que lo hizo, aunque aclaró que no era el único compañero que lo padecía (véase fs. 1/22).

  2. Radicado el expediente ante el juzgado remitente, su titular corrió vista en los términos del art. 180 del ritual (fs. 24), oportunidad en la que el agente fiscal solicitó

    sea declarada la incompetencia material del fuero de excepción en favor de la justicia provincial (v. fs. 25 y vta.).

    Fecha de firma: 16/07/2019 Alta en sistema: 05/08/2019 Firmado por: C.A.V. , Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL #33547244#239384931#20190716111713756 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 12045/2019/1/CA1 9617/III

  3. El juez de grado, con los elementos reunidos, rechazó la petición y ordenó correr nueva vista fiscal (fs. 37/38).

  4. Dicho pronunciamiento fue recurrido por el representante de la vindicta publica quien insistió en que “los hechos que constituyen el objeto procesal de la presente causa, en modo alguno pueden afectar intereses nacionales, pues se trata de una pelea entre compañeros de trabajo de estricta motivación personal, que encuentra calificación legal provisoria en el delito de lesiones leves, previsto en el art. 89 del Código Penal de la Nación” (v. fs. 39/40 vta. y 68/69 vta.).

    V.I. al...

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